Recomendaciones para la compra de tu primer inmueble. (Foto: Pexels)
Recomendaciones para la compra de tu primer inmueble. (Foto: Pexels)

El sueño de la casa propia cada vez es más posible. Una alternativa que tienen los afiliados al es que pueden disponer de hasta el 25% de sus fondo para la compra de su primer .

Desde julio del 2016 entró en vigencia la Ley N° 30478, que permite a los afiliados de las AFP disponer de hasta el 25% de su fondo acumulado con el fin de pagar la cuota inicial o amortizar el crédito hipotecario de su primer inmueble.

Es indispensable que, en cualquiera de ambos casos, que el crédito sea otorgado a través de una entidad financiera del sistema autorizada por la SBS, como son los bancos, financieras, y/o caja rural de ahorro y crédito, caja municipal de ahorro y crédito, empresas de desarrollo de la pequeña y microempresa.

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¿Qué requisitos debo cumplir para usar hasta el 25% de mi fondo de pensiones?

Tanto para el pago de de la cuota inicial o de la amortización, el postulante no debe ser propietario ni copropietario de un bien. Asimismo, no se debe encontrar inscrito en el Registro de Afiliados por el uso de hasta el 25% del fondo de pensiones para la compra de un primer inmueble.

Cabe señalar que en el caso del pago de una cuota inicial, no debes haber sido propietario de un inmueble antes del 30 de junio de 2016.

En el caso de amortización, no debes haber sido propietario de un inmueble a la fecha del otorgamiento del crédito hipotecario.

Pasos para disponer de hasta el 25% de tu fondo de pensiones

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  1. Acércate a la entidad financiera. Solicita el crédito hipotecario, presenta el documento de Reporte de Búsqueda de Índices de Propiedad Inmueble de la Sunarp y la entidad evaluará la solicitud, donde se te entregará el documento de preconformidad.
  2. Acércate a tu AFP. Con el documento de preconformidad solicita a tu AFP la disposición de un porcentaje de tu fondo de pensiones y tu AFP evaluará la solicitud. Luego, tiene un plazo de 10 días útiles para enviar a la entidad financiera una comunicación de procedencia.
  3. Pago de la cuota inicial o amortización. En el plazo de 10 días hábiles de haber recibido la instrucción de desembolso por parte de la entidad, la AFP realizará la transferencias de los fondos.

Si se trata de un crédito para cónyuges, ¿ambos pueden solicitar el 25% de su fondo de pensiones?

Sí, siempre que sea el primer inmueble de ambos.

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