USCIS tendrá mayor margen para valorar las circunstancias económicas y el uso de determinados beneficios públicos al revisar ciertos trámites migratorios (Foto: Imagen creada por Gestión MIX usando Gemini)
USCIS tendrá mayor margen para valorar las circunstancias económicas y el uso de determinados beneficios públicos al revisar ciertos trámites migratorios (Foto: Imagen creada por Gestión MIX usando Gemini)

Desde el 18 de septiembre, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) revocará la normativa de carga pública que estaba vigente desde 2022. Esa regla ofrecía al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) una guía para determinar si un inmigrante podía llegar a depender de la ayuda del gobierno al . Sin ese marco, algunas personas que usan programas federales de asistencia tienen dudas sobre la forma en que , aun cuando la agencia ha indicado que tomará decisiones tras analizar las circunstancias individuales. En esta nota te explicamos quiénes podrían verse alcanzados por el cambio y qué grupos no están sujetos a la evaluación de carga pública.

La llamada “carga pública” es una política que se endureció en 2020 para limitar la inmigración legal durante el primer gobierno de Donald Trump, y que Joe Biden volvió a suavizar en 2022 para proteger mejor a las familias inmigrantes. Ahora que Trump cambió nuevamente el rumbo y dejó sin efecto esa versión más protectora, la .

SNAP, la mayoría de las formas de Medicaid y algunas ayudas de vivienda podrán formar parte de la evaluación de “carga pública” (Foto: Imagen creada por Gestión MIX usando Gemini)
SNAP, la mayoría de las formas de Medicaid y algunas ayudas de vivienda podrán formar parte de la evaluación de “carga pública” (Foto: Imagen creada por Gestión MIX usando Gemini)

¿QUIÉNES PODRÍAN VERSE AFECTADOS POR LA NUEVA REGLA DE CARGA PÚBLICA?

La entrada en vigor de la nueva política de carga pública, prevista para el 18 de septiembre de 2026, podría afectar principalmente a ciertos inmigrantes que presenten desde esa fecha una solicitud de ajuste de estatus —el trámite para obtener la residencia permanente o green card dentro de Estados Unidos— y que no estén exentos por ley. Aunque USCIS evaluaría los casos individualmente, tendría mayor margen para valorar el uso de beneficios públicos sujetos a requisitos de ingresos.

La medida podría alcanzar a solicitantes de Formulario I-485 enviados por correo o presentados electrónicamente a partir del 18 de septiembre, cuando estén sujetos al motivo de inadmisibilidad por carga pública. Entre ellos se encuentran:

  • Cónyuges, padres, hijos e incluso hermanos de ciudadanos estadounidenses que solicitan la residencia por una petición familiar.
  • Familiares de residentes permanentes que buscan ajustar su estatus.
  • Algunos solicitantes de residencia por empleo, incluidos profesionales, trabajadores calificados e inversionistas.
  • Viudos o viudas de ciudadanos estadounidenses que tramitan la residencia.
  • Graduados de escuelas de medicina extranjeras que solicitan ciertos beneficios migratorios vinculados a su trabajo.
  • Algunos integrantes de las Fuerzas Armadas y otras personas que requieren ajuste de estatus y no pertenecen a una categoría exenta, .
Los solicitantes de residencia deberán revisar cuidadosamente qué beneficios usan y cómo aparecen en sus historiales, ya que la nueva interpretación de carga pública podría convertir el acceso a ciertos programas en un factor decisivo para negar visas o ajustes de estatus (Foto: Freepik)
Los solicitantes de residencia deberán revisar cuidadosamente qué beneficios usan y cómo aparecen en sus historiales, ya que la nueva interpretación de carga pública podría convertir el acceso a ciertos programas en un factor decisivo para negar visas o ajustes de estatus (Foto: Freepik)

¿QUIÉNES ESTÁN EXENTOS DEL ANÁLISIS DE CARGA PÚBLICA?

Las exenciones de carga pública son categorías establecidas por ley para las que no se aplica este motivo de inadmisibilidad al pedir admisión o ajuste de estatus. Entre los grupos que están exentos se encuentran:

  • Refugiados que solicitan admisión o ajustan su estatus a residente permanente.
  • Personas con asilo y solicitantes que ajustan su estatus como asilados.
  • Autopeticionarios bajo VAWA, la Ley de Violencia contra la Mujer, incluidas ciertas víctimas de violencia doméstica, abuso o crueldad extrema.
  • Víctimas de trata de personas que solicitan o tienen visa T.
  • Víctimas de determinados delitos que solicitan o tienen visa U.
  • Jóvenes Inmigrantes Especiales (Special Immigrant Juveniles, SIJ), una vía para ciertos menores que han sufrido abandono, maltrato o negligencia.
  • Afganos e iraquíes que trabajaron para el gobierno de Estados Unidos, incluidos ciertos intérpretes y personas elegibles para estatus especial de inmigrante.
  • Personas que buscan o tienen Estatus de Protección Temporal (TPS).
  • Indígenas nacidos en Canadá que no son ciudadanos estadounidenses, cuando califican bajo la norma migratoria aplicable.
  • Personas que solicitan residencia bajo la Ley de Ajuste Cubano.
  • Personas que ajustan estatus mediante NACARA, la ley de alivio para nicaragüenses y centroamericanos.
  • Determinados beneficiarios de la Ley de Equidad de Inmigración para Refugiados Haitianos (HRIFA).
  • Personas que obtienen residencia mediante el mecanismo de registry, aplicable a ciertos inmigrantes con presencia muy antigua en Estados Unidos.
  • Algunas personas admitidas o que ajustan como inmigrantes especiales, según la clasificación específica.

IMPORTANTE: la exención depende de la categoría migratoria concreta y del tipo de beneficio solicitado, no solo del hecho de haber recibido una ayuda pública. Por eso, para una persona que prepara una green card o una solicitud de admisión, es importante verificar bajo qué vía migratoria presenta el caso antes de asumir que la regla le aplica o no. La nueva política se dirige sobre todo a personas no exentas que solicitan entrada, ciertas visas o residencia permanente, y amplía la posibilidad de que funcionarios consideren beneficios no monetarios sujetos a ingresos, .