A fin de fortalecer la lucha contra el lavado de activos, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó un proyecto de norma que permitirá a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) contar con mejor información sobre créditos de más de US$ 2,500 (S/ 9,600) para sus investigaciones.
La iniciativa legal precisa en qué momento deben registrar las operaciones de crédito, sus pagos, prepagos y cancelaciones las empresas o entidades supervisadas por la UIF, en el marco de la prevención del lavado de activos.
Tales instituciones son consideradas sujetos obligados a informar a la UIF y, de acuerdo con la regulación vigente, deben llevar y mantener actualizado un registro de operaciones (RO).
Factores clave
Dicho registro debe estar a disposición inmediata ante una eventual solicitud de información de la UIF, dijo a Gestión Darío Bregante, gerente del área de regulación financiera y fintech de EY Law. Ese registro puede ayudar a la UIF a detectar casos de blanqueo de dinero ilícito, manifestó.
Con lo dispuesto en el proyecto de la SBS, se establecerá con precisión la fecha cierta para el registro de las operaciones de crédito y también su trazabilidad, dos factores clave para las investigaciones de la UIF, resaltó Carlos Caro, socio de Caro & Asociados.
“Eso ayuda a fiscalizar posteriormente, porque en la medida en que hay fecha cierta va adquiriendo verosimilitud la información”, añadió.
En el mismo sentido, Bregante consideró que esta medida permitirá a la UIF tener información clara de los registros de operaciones de crédito y evitará que las entidades financieras tengan que “reprocesar o aclarar” algunas fechas referidas a los préstamos.
Blanqueo
Los créditos, en general, son operaciones de riesgo que se suelen usar para blanquear dinero de origen ilegal, mencionó Caro.
Entre enero del 2013 y abril del 2022, el monto investigado por lavado de dinero a través de productos financieros y de inversión alcanzó los US$ 2,436 millones, reporta la UIF.
Según los especialistas, los créditos son susceptibles de ser usados indebidamente por los blanqueadores, pues tras recibir el préstamo (dinero formal del banco o entidad de financiamiento), luego, por anticipado o en el plazo original del mismo, pagan esta obligación con dinero negro proveniente de actividades ilícitas, con lo que concretan el lavado de activos.
Garantía
El proyecto plantea, por ejemplo, que para créditos con garantía mobiliaria o inmobiliaria mayores a US$ 2,500 el registro se debe hacer en el momento de suscripción del contrato o en la fecha del primer desembolso, en la de la entrega de la garantía mobiliaria o en la que se establece la garantía inmobiliaria.
Asimismo, para préstamos de esos montos con garantía de alhajas, objetos de oro y plata y lingotes de oro el registro se debe realizar al momento de celebrar el contrato, en la fecha del primer desembolso o en la que se entrega la garantía.
El registro de pagos o cancelaciones anticipadas de un crédito, con o sin garantías, que exceda los US$ 2,500 se debe hacer en la fecha señalada en el comprobante de pago respectivo.
“Los prepagos de un préstamo pueden implicar el uso de dinero en exceso cuyo origen no está debidamente justificado”, sostuvo Caro.
Casas de empeño y fintech
Bregante detalló que con el proyecto de norma se establece una directriz más precisa sobre cómo las empresas obligadas a informar a la UIF (entidades financieras, casas de préstamos, casas de empeño e incluso fintech que otorgan préstamos) deben llenar datos del registro de operaciones de crédito.
El proyecto de la SBS también regula las obligaciones de los estudios de abogados y contables, como sujetos que deberán implementar su sistema de prevención de lavado cuando realicen, en nombre de sus clientes, la compraventa de bienes inmuebles y de acciones, administración de dinero o valores y la creación o administración de empresas.
Prevención del lavado en agentes inmobiliarios
El proyecto de norma de la SBS busca también armonizar la regulación de prevención del lavado de activos con los estándares internacionales.
Así, EY Law destaca que se ha propuesto delimitar las definiciones de beneficiario final y actualizar a igual o más del 10% del capital social el porcentaje para identificar a los accionistas, socios y asociados de una empresa. “Se está buscando alinear las definiciones con la de la Sunat”, indicó Darío Bregante, experto de EY Law.
Además, se plantean obligaciones diferenciadas para la implementación del sistema de prevención del lavado de los agentes inmobiliarios.
Bregante refirió que el proyecto otorga una mayor flexibilidad, sobre todo para las medianas empresas, pues se les permitirá tener oficiales de cumplimiento (responsables de implementación del sistema de prevención) a tiempo parcial.
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