Los contribuyentes pueden solicitar aplazamiento y fraccionamiento de sus deudas tributarias.
Los contribuyentes pueden solicitar aplazamiento y fraccionamiento de sus deudas tributarias.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) recibió 49,450 solicitudes en el marco del Régimen de Aplazamiento / Fraccionamiento Tributario, según informó el gerente de Orientación de la Intendencia de Lima, Oscar Osorio.

“Se trata de un fraccionamiento especial y se pueden acoger de cuatro modos: un RAF para Tesoro, un RAF para EsSalud, uno para Aduanas y un RAF para pagos a cuenta”, explicó el funcionario, en entrevista con la agencia Andina.

En este caso, lo único que pueden fraccionar los contribuyentes son deudas del Tesoro y de salud, así como deudas aduaneras y pagos a cuenta de enero, febrero y marzo de este año, dijo. Estas solicitudes tienen que ser evaluadas y luego de 45 días se emite una resolución.

Para acogerse a este RAF, los contribuyentes tuvieron que haber declarado marzo y abril de este año en su fecha de vencimiento. “El RAF se dio por la coyuntura de la pandemia, pues muchos contribuyentes notaron una afección en sus ingresos”, aclaró.

Asimismo, señaló que las micro y pequeñas empresas (mypes) tienen la mayor participación en este RAF.

Osorio recomendó a los contribuyentes llevar casi todas sus deudas impositivas al RAF, dijo. “Su fraccionamiento o refinanciamiento lo pueden incluir en el RAF, pero no pueden incorporarse deudas o multas de la ONP ni tributos retenidos y percibidos”, precisó.

Fraccionamiento

El aplazamiento tiene un periodo máximo de seis meses. Tras dicho plazo, el contribuyente deberá pagar la deuda más los intereses. En tanto, el aplazamiento con fraccionamiento implica que luego de seis meses se puede pagar la deuda y además fraccionarla por 30 meses.

Además, los contribuyentes pueden acogerse a un fraccionamiento por 36 meses, señaló el funcionario.

Entonces, “si se va a tener ingresos importantes en los próximos tres a cuatro meses, con eso se solventa toda la deuda y conviene un aplazamiento”, sostuvo. Pero si no se tiene dinero ahorita ni para pagar en partes, entonces conviene un aplazamiento más un fraccionamiento, añadió.

Para acceder al RAF, el usuario contar con RUC y haber declarado marzo y abril hasta su respectivo vencimiento.

Como lo recordó la Cámara de Comercio de Lima (CCL), este miércoles 30 de septiembre de 2020 vence el plazo para que las empresas soliciten el fraccionamiento de la deuda tributaria que mantienen con la Sunat.