El Ejcutivo promulgó este viernes la ley que promueve la industrialización del agro en el país (Ley Nº 31339) que tiene por la finalidad de generar nuevos motores de crecimiento económico que lleven a la diversificación y la sofisticación económica, la reducción de la dependencia de los precios de materias primas, la mejora de la productividad, el aumento del empleo formal y de calidad, y un crecimiento económico sostenible de largo plazo.
Según la Ley Nº 31339 publicada hoy en el diario oficial “El Peruano”, el Ministerio de Desarollo Agrario y Riego (Midagri) será en el ente responsable de la elaboración del Plan Nacional de Competitividad Agroindustrial (Compeagro).
“El Compeagro será aprobado por resolución suprema con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros. El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego presentará trimestralmente a las Comisiones Permanentes de Coordinación Interministerial (las CIAS) los avances y metas alcanzadas en la ejecución de Compeagro”, refiere la norma.
La ley de presupuesto considerará como gasto prioritario dentro de la partida del Midagri el presupuesto para la ejecución del Compeagro.
Por otra parte, la norma establece que la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide) participará activamente en el desarrollo sostenible e inclusivo del país, a través del financiamiento de la inversión y del sistema financiero, con líneas de crédito para públicos y privados, con menores intereses y mayores plazos.
Se dispone también elaborar “un mapa de desarrollo económico por regiones, con la finalidad de que se identifique en cada lugar el tipo de industrialización y diversificación adecuado para que este sea promovido adecuadamente”.
Tanto el Midagri como el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) serán los entes encargados de elaborar las normas reglamentarias y complementarias de la Ley Nº 31339. Para esto, ambas instituciones contarán con un plazo máximo de 90 días a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada norma.
La promulgación de la Ley Nº 31339 fue refrendado por el presidente de la República, Pedro Castillo, y el primer ministro, Guido Bellido.
El nuevo ministro de Desarrollo Agrario y Riego, Víctor Maita, había señalado en días anteriores que como parte de la segunda reforma agraria en el país, el sector a su cargo impulsaría como acciones primordiales, una mayor capacitación y asistencia técnica a los productores de la Agricultura Familiar, así como la industrialización del agro.
“La segunda reforma agraria que falta concretar es movilizar, organizar y capacitar al campesino, y esto no se ha hecho y hay que retomarla; también vamos a impulsar la industrialización del agro. Por eso, retomaremos estos (temas) pendientes de la reforma agraria y con el apoyo de los gremios, haremos realidad esta segunda reforma agraria”, manifestaba en reunión sostenida con organizaciones agrarias.
PLAN DE COMPETITIVIDAD
La misma ley que Promueve la Industrialización del Agro, encarga al MIDAGRI la elaboración del “Plan Nacional de Competitividad Agroindustrial”, el cual se denominará COMPEAGRO, y cuyo documento será aprobado por resolución suprema con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros.
Del mismo modo, el MIDAGRI presentará trimestralmente a las Comisiones Permanentes de Coordinación Interministerial (las CIAS) los avances y metas alcanzadas en la ejecución de COMPEAGRO.
La norma también establece que la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE) participará activamente en el desarrollo sostenible e inclusivo del país, a través del financiamiento de la inversión y del sistema financiero, con líneas de crédito para públicos y privados, con menores intereses y mayores plazos.
MAPA DE DESARROLLO
Además, se diseñará un mapa de desarrollo económico por regiones, con la finalidad de identificar en cada lugar del país el tipo de industrialización y diversificación adecuado para que este sea promovido adecuadamente. Para ello, la ley de presupuesto considerará como gasto prioritario dentro de la partida del sector desarrollo agrario y riego el presupuesto para la ejecución del COMPEAGRO.
Asimismo, cualquier iniciativa que pueda tener implicancias financieras sobre lo dispuesto por la presente ley, debe ser aprobada por una norma de igual rango para garantizar su sostenibilidad financiera, así como la identificación de la fuente de financiamiento correspondiente.
Finalmente, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y el ministro de Desarrollo Agrario y Riego, se dictarán las normas reglamentarias y complementarias para la aplicación de la presente ley, en un plazo máximo de 90 días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la ley.