Te levantas con dolor de cuerpo, fiebre y no paras de toser, pero aún así vas a trabajar. El “presentismo laboral” de ir a la oficina cuando estás enfermo puede ser contraproducente en más de un sentido, según expertos. En ese caso, ¿qué debe hacer el empleador si vea a uno de sus colaboradores mal?
Silvia Rebaza, asociada senior del Estudio Philippi, Prietocarrizosa, Ferrero DU & Uría (PPU), señaló que los trabajadores deben ser conscientes de sus síntomas y sincerar su malestar.
“En caso de existir gravedad en los síntomas o poder exponer potencialmente a otros compañeros de trabajo, deberán acudir a una cita médica o solicitar soporte al médico ocupacional del empleador o personal del servicio médico de salud”, comentó en Gestión.pe.
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Sin embargo, Rebaza manifestó que, en muchas ocasiones, el trabajador acude a su centro laboral enfermo por las siguientes razones:
- Errónea consideración de que trabajar enfermo es un símbolo de “profesionalismo”.
- Medidas impositivas realizadas por el empleador, que hacen que el trabajador se obligue a acudir enfermo a trabajar.
- Si un trabajador percibe comisiones o remuneración variable, y considera que se vería perjudicado de no asistir a prestar servicios.
¿Qué acciones debe tomar el empleador con el trabajador enfermo?
De acuerdo a la abogada del estudio PPU, si el trabajador cuenta con descanso médico, el empleador debe impedir el ingreso a la empresa y solicitar al trabajador que retorne a casa, para que cumpla con el descanso respectivo.
En el caso que no tenga descanso médico, la abogada indicó que, si el empleador detecta que el colaborador muestra síntomas de algún tipo de enfermedad, debe solicitarle que acuda al tópico o preguntarle si tiene algún tipo de cita en el médico o está siguiendo alguna medicación
Además, tomar medidas dependiendo de la situación concreta del trabajador:
- Pedirle que vaya a casa.
- Que pase por revisión del médico ocupacional de la empresa o que acuda a una cita médica.
- Continuar trabajando bajo observación, si se trata de síntomas menores.
“Esto, si bien no forma parte de alguna norma específica, sí es indirectamente una medida que debe adoptarse en virtud del principio de prevención respecto a todo lo que suceda en el centro de trabajo. Por ejemplo, un trabajador que preste servicios en una zona operativa y que, al no estar en estado de salud óptimo o incluso bajo el efecto de medicamentos, pueda sufrir algún tipo de accidente”, refirió.
Asimismo, la especialista en temas laborales subrayó que es importante que las empresas tengan políticas internas respecto al manejo de este tipo de situaciones, y la consecuencia a seguir dependiendo de la gravedad de la situación.
“De igual modo, resulta también recomendable que se capacite al personal, incluidos aquellos que realizan labores de seguridad, para que sepan cómo tratar con estas situaciones de modo que no se generen posteriores contingencias para la empresa”, anotó.
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Por su parte, Aymé Límaco, jefa del área laboral de Cuatrecasas, explicó que el empleador tiene la obligación de prevenir riesgos a la salud o integridad de sus trabajadores, esto se denomina deber de prevención.
“En cumplimiento de este deber, el empleador puede solicitarle al trabajador, visiblemente enfermo que regrese a su domicilio, solicite atención y solicite atención médica. Incluso, en algunos casos, el propio empleador cuenta con un servicio médico al que podría recurrir el trabajador”, acotó.
¿Hay sanción para el trabajador si sigue yendo a laborar enfermo?
Límaco afirmó que podría configurarse un supuesto de incumplimiento a las órdenes del empleador.
Además, si el trabajador sabe que la enfermedad es peligrosa o contagiosa, podría incurrir en un delito (289 del Código Penal).
¿Hay sanción para la empresa si el trabajador labora enfermo?
La letrada de Cuatrecasas precisó que si el empleador desconoce el descanso médico y obliga a laborar a los trabajadores, podría ser sancionado con una multa de entre S/ 13,000 y S/ 260,000.
“Además, el o los trabajadores afectados podrían solicitar en la vía judicial una indemnización por daños y perjuicios”, aseveró.
Flexibilidades del empleador
Daniel Romero, abogado laboralista del Estudio Muñiz, sugirió que el empleador debe flexibilizar el tema de asistencia del trabajador que está enfermo.
“El médico ocupacional le brinde el descanso requerido con la condición que el trabajador asista a un centro médico y traiga la atención y receta que recibió producto de esa dolencia que tiene”, puntualizó.
En caso el trabajador no tenga una enfermedad grave, pero para que se recupere, y la empresa no tenga multa de Sunafil, el abogado expresó que el médico ocupacional debe reportar para que recursos humanos le brinde las facilidades y pueda salir.
“Una vez que flexibilizas y das permiso para que el trabajador salga y se atienda, ya sea tres días o más, esos días que no laboró puede regularizarse con una compensación de horas”, dijo.
Dato
El descanso médico pagado directamente por el empleador tiene una duración de 20 días. Si el descanso se prolonga por un plazo mayor, el trabajador recibirá un subsidio de EsSalud hasta 11 meses y 10 días adicionales.
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