Las empresas así como las entidades públicas e instituciones tienen plazo hasta este jueves 27 de abril para adecuarse a la legislación del teletrabajo, de conformidad con el nuevo reglamento de la Ley Nº 31572, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2023-TR.
En muchos casos son los trabajadores los que ven por conveniente llevar adelante este sistema, tras conocer los beneficios del trabajo remoto, pero también ha surgido la pregunta de que si bajo esta modalidad se flexibilizan las causas por las que un trabajador podría ser pasible de una sanción o incluso llegar al despido.
Al respecto, el abogado laboralista Augusto Saldaña, subrayó que “el teletrabajo no implica que todas las obligaciones de respeto al código interno de conducta ya no se exijan al trabajador”.
Es más, incluso establece nuevas obligaciones, como por ejemplo al llenar el formato de evaluación de riesgos para establecer que el área donde desarrollará el trabajo es idónea, si incurre en falsedad puede ser sancionado, advirtió el asociado senior del área Laboral en Aramburú, Castañeda, Boero abogados (ACB abogados).
LEA TAMBIÉN: Los 10 principales problemas que enfrentan las empresas para implementar el teletrabajo
¿Debo marcar asistencia durante el teletrabajo?
Augusto Saldaña manifestó que el trabajador deberá marcar tanto su hora de llegada como de salida. Por ejemplo hay quienes están implementando un reloj digital que generan códigos para registrar ambas.
También están vigentes los reportes a los jefes, al respecto la abogada laboralista Sara Kalinicos, asociada senior del área Laboral GSA, señaló a gestión.pe que el empleador puede llamar dentro del lapso en la que el trabajador está en su horario de labores y si no se ha pactado intervalos de tiempos diferentes este tiene que atender porque está dentro de la jornada de trabajo.
LEA TAMBIÉN: Los criterios de las empresas para denegar el teletrabajo en el Perú
Cuidado con delegar funciones
Sara Kalinicos indicó que la normativa de teletrabajo establece expresamente que no se puede delegar sus funciones a terceras personas, si el empleado incurre en dicha falta podría ser una causal de despido.
¿Quién asume la responsabilidad si hay accidentes durante el teletrabajo?
Cuando hay accidentes de trabajo, el trabajador debe acreditar que se hizo dentro de los horarios de trabajo en la zona habilitada para el trabajo y con las herramientas para laborar, señaló Kalinicos.
Augusto Saldaña presentó un ejemplo al respecto, Si el colaborador declaró haber implementado una oficina, pero en lugar de laborar allí lo hace en su balcón, en caso que le caiga una maceta y le rompe la cabeza, ese no es un accidente de trabajo, “más bien sí es una falta laboral”.
LEA TAMBIÉN: Teletrabajo: ¿El empleado tiene derecho a pagos de horas extras?
Computadora de uso exclusivo para trabajar
Si la empresa le brinda a los trabajadores una laptop o una computadora esta tiene la condición de herramienta de trabajo, por lo tanto el colaborador tiene la obligación de cuidarla y darle un buen uso para fines laborales, es así que está prohibido que la utilice de forma personal.
“¿Qué ocurre si el empleado dobletea y se descubre que usó la computadora de la empresa para realizar otra actividad distinta, por ejemplo para otro trabajo? El mal uso podría ser sancionado incluso con despido, pues estaría teniendo una ventaja económica del equipo del empleador”, anotó el abogado de ACB abogados.
LEA TAMBIÉN: Teletrabajo: empleadores podrán pactar con sus trabajadores no pagar internet y luz
Preocupación del empleador
La abogada de GSA manifestó que la preocupación básica que ha observado es el tema de compensaciones para el uso de energía eléctrica y acceso a internet, pues la norma no es muy clara.
Al respecto, Kalinicos indicó que la norma señala que el monto que se pacte por compensación debe estar en función de los valores referenciales, pero no dice si es el máximo o mínimo. “Lo que estamos recomendando es que sea un monto acorde con los valores referenciales y sí se va a exceder no sea de gran magnitud para evitar contingencias tributarias o que Sunafil llegué y diga: le estás pasando 1,000 soles por luz, entonces eso es concepto remunerativo y estás encubriendo temas de remuneración.
Añadió que si hasta el 27 de abril la empresa y el empleado no se han adecuado a la legislación del teletrabajo, el colaborador deberá hacer trabajo presencial, pues el empleador podría ser pasible de multas.
¡Beneficios ilimitados con tu suscripción a Gestión! Disfruta de hasta 70% de dscto. en más de 300 promociones del Club de Suscriptores, que además podrás usar todas las veces que quieras. Conócelos aquí ¿Aún no eres suscriptor?, adquiere tu plan aquí