A inicios de marzo, el Gobierno estableció las reglas para el derecho a la desconexión digital de los trabajadores bajo la modalidad de trabajo remoto, en la que se dispone -para el caso de los trabajadores no sujetos a fiscalización inmediata, también conocido como trabajadores no fiscalizados- que la desconexión digital deber ser de al menos 12 horas continuas en un periodo de 24 horas.
¿Qué hacen o pueden implementar las empresas para cumplir con esta disposición? Antes de explicar las medidas que se pueden desarrollar, cabe detallar qué implica ser un trabajador no fiscalizado.
Brian Ávalos, laboralista del estudio Payet, explicó que -según la Constitución- la jornada máxima legal es de 8 horas diarias o de 48 horas semanales. No obstante, hay tres excepciones -que también establece la ley- que están excluidas de cumplir con la jornada máxima legal, que implica -en la práctica- que están exceptuadas de marcar asistencia, por lo tanto no se les paga horas extras.
Estos son: el personal de dirección; los no sujetos a fiscalización y los intermitentes con lapsos de inactividad. “Son estas tres categorías de trabajadores claramente determinadas por la ley que no están obligadas a marcar asistencia”, precisó.
Tras ello dijo que las reglas de desconexión digital -dispuesto por el Ejecutivo- establecen un periodo de 12 horas continuas de “descanso” en trabajo remoto debido a que -como no se puede controlar la hora de entrada ni de salida de estos empleados- “por lo menos se debe garantizar 12 horas de descanso, en teoría”.
No obstante, -en su opinión- no se tomó en cuenta que los trabajadores no fiscalizados son aquellos que realizan sus labores total o parcialmente fuera de su centro de trabajo, lo que implica también que no tienen establecido una jornada máxima legal. El caso más claro de un trabajador no fiscalizado son los vendedores, por ejemplo.
“Ante ello -como no son sujetos a fiscalización- es sumamente difícil determinar si es que estos trabajadores realizarán estas 12 horas continuas de descanso. Al no haber la obligación de marcar tarjeta, es complicado establecer en qué momento inician su labor y en qué momento descansan”, detalló a Gestión.
Pese a ello recomendó dos acciones concretas que se pueden implementar para cumplir con lo dispuesto por el decreto supremo que fija las reglas de desconexión digital, lo que puede asumirse como un reto:
1.- Establecer políticas internas: Al respecto, el laboralista dijo que para ello se debe -en primer lugar- capacitar a todos los trabajadores respecto a la desconexión digital y a la importancia del descanso. En la misma, se debe estipular claramente la obligación de los trabajadores a desconectarse para no tener problemas.
2.- Instaurar canales de consultas: El especialista dijo que con ello se busca orientar a todos los trabajadores respecto a lo que debe hacer para desconectarse. “Por ejemplo, se puede establecer como regla general no responder correos después de determinadas horas, salvo que sea urgente o excepcional. La idea principal es que todos los trabajadores se desconecten”.
¿Es lo mismo un trabajador de confianza y un trabajador no fiscalizado? Ávalos aclaró que no son lo mismo, pero pueden coincidir.
“Un trabajador de dirección siempre es de confianza, pero un trabajador de confianza no siempre es un cargo directivo. Por ejemplo, la secretaria del gerente general de una empresa es un cargo de confianza, pero ella no pertenece a la alta dirección. Un trabajador de confianza -como la secretaria- si tiene la obligación de registrar su asistencia como cualquier otro empleado. La única diferencia que pudiera haber es que algunos trabajadores de confianza pueden ser no sujetos a fiscalización”, puntualizó.
Un trabajador de confianza es aquel -cabe precisar- que tiene acceso a información sensible y confidencial y que es usada continuamente por la empresa.
-Por resultados-
César Puntriano, socio del Estudio Muñiz, explicó -en tanto- que las empresas generalmente fiscalizan/controlan la labor de los trabajadores no fiscalizados a base de resultados.
“Normalmente los trabajadores no fiscalizados son controlados en base a los resultados de su labor. Más que un control del horario o permanencia -que se hace en los trabajadores fiscalizados- se ejerce un control/monitoreo de la actividad”, refirió.
Por ejemplo -en casos de los vendedores- en función a las visitas que hagan a sus clientes o las ventas que realicen en el mes. También se puede controlar la actividad -en caso de los trabajadores remotos- convocándolos a media mañana para una reunión o enviándoles un correo electrónico, por lo que la persona debería estar disponible.
“Los trabajadores no fiscalizados son empleados que tienen una modalidad de trabajo más flexible”, acotó.
Calificó de arbitrio que por desconexión digital se imponga 12 hora continuas de descanso para estos trabajadores, que no tienen horario fijo en la práctica y que trabajan en base a resultados. “Ahora que se han fijado plazos, hay que cumplirlos tomando en cuenta que es difícil controlarlo”.
Puntriano también aconsejó dos acciones concretas para cumplir con el decreto supremo que fija las reglas de desconexión digital:
1.- Dictar lineamientos internos para hacer efectivo el tiempo de desconexión digital de todos los trabajadores.
2.- Capacitar sobre todos a los jefes de los equipos para sensibilizar/respetar el tiempo de descanso de sus trabajadores sean o no fiscalizados. “Se debe empezar por sensibilizar la alta dirección y a los jefes para que la desconexión se concretice, sino será simplemente letra muerta”.
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