Para que los trabajadores puedan retirar parte de su CTS, deben haber acumulado un fondo mayor a cuatro de sus remuneraciones, ya que ese será el monto intangible, recordó el Ministerio de Trabajo.
“El trabajador podrá retirar el 100% de ese excedente de las cuatro remuneraciones”, remarcó Ana Rosa Velásquez, Jefa del Gabinete de Asesores del Ministerio de Trabajo.
Por ejemplo, si un trabajador tiene una remuneración de S/ 1,000 y ya cuenta con una CTS acumulada de S/ 6,000, podrá retirar libremente hasta S/ 2,000.
Por otro lado, si con el próximo depósito de la CTS, el trabajador todavía no ha superado las cuatro remuneraciones de CTS, aún no podrá nada de este fondo.
Asimismo, si se tiene en cuenta que al año se recibe de CTS un poco más de un sueldo, entonces un trabajador que empieza a acumular su CTS desde cero, recién después del cuarto año podría retirar parte de este fondo.
A continuación, puede acceder a la entrevista completa brindada por Ana Rosa Velásquez a Gestión.pe.