El Indecopi aclaró que no se cuestionó el pago del canon del espectro radioeléctrico, sino la razonabilidad de la metodología para el cálculo del mismo.

A través de un comunicado detalló que entre 2012 y 2013 se presentaron ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas de la institución, diversas denuncias por la presunta imposición del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) de una barrera burocrática ilegal y carente de razonabilidad.

Está se relacionaba con la metodología de cálculo del canon por el uso del espectro radioeléctrico para servicios públicos móviles, determinada en función a "la cantidad de terminales móviles activados, declarados al 31 de diciembre del año anterior".

En estos procedimientos – precisó – las empresas no cuestionaron si debía o no pagarse el citado canon por el uso del espectro radioeléctrico para esos servicios, sino la metodología elaborada y utilizada por el MTC para calcular dicho pago.

Así, luego del fallo en primera instancia de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, que declaró fundada la denuncia, y la posterior apelación del MTC, la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal del Indecopi, declaró – en febrero de 2016 – que la metodología cuestionada era legal.

"Por cuanto el MTC tenía competencia para establecerla y porque cumplía con los procedimientos y formalidades para su aprobación", apuntó Indecopi.

Aunque también declaró que la misma constituía una barrera burocrática carente de razonabilidad, dado que el MTC no acreditó documentalmente, la justificación y proporcionalidad de que el cobro sea determinado bajo el criterio de cantidad de terminales móviles activados, declarados al 31 de diciembre del 2015.

En concreto, la Sala precisó que compartía la preocupación del MTC en cuanto a que resultaba necesario y legal exigir el pago de un canon por el uso del espectro radioeléctrico a los usuarios del mismo, pero el MTC no cumplió con sustentar la proporcionalidad de la medida impuesta.

Ante lo cual, se vio en la obligación de declarar que la misma era carente de razonabilidad.

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