Ante el reciente incremento de los precios internacionales del petróleo y sus derivados, que afectan a los usuarios locales, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) oficializó este lunes una serie de medidas técnicas con la finalidad de mitigar el impacto de los combustibles en el país.
A través del Decreto Supremo Nº 002-2022-EM, difundido hoy en edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario El Peruano, se incorpora por un período de tres meses, la gasolina de 84 y 90 octanos y el gasohol de 84 octanos al Fondo de Estabilización de los Precios de los Combustibles Derivados de Petróleo (FEPC).
Además, se integra, temporalmente, al Diésel 2 y el Gas Licuado de Petróleo (GLP) a granel en el Fondo de Estabilización, debido a que este último es un combustible muy utilizado entre los taxistas y otros transportistas.
La normativa también señala que se estabiliza hasta fines de abril la banda de precios del diésel en el FEPC. Cabe señalar que, actualmente, este fondo ha evitado que el precio de ese combustible se eleve en el mercado local S/ 3 por galón, amortiguando de esa manera el efecto de los mayores precios internacionales.
El referido decreto también modifica la operatividad del GLP en el Fondo de Estabilización de los Precio de los Combustibles, así el incremento no será de 10%, sino que será gradual, y en un nivel de 3.5%.
También el GLP utilizará como referencia el Precio de Paridad de Exportación en vez del Precio de Paridad de Importación, lo cual permitirá que su costo se reduzca. Ello, debido a que la mayor parte de la venta de este combustible corresponde a producción nacional.
El Decreto Supremo entra en vigencia a partir del martes 29 de marzo de 2022.