La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) aprobó hace unas semanas los “Lineamientos para la implementación y funcionamiento del modelo de prevención”. ¿De qué se trata esta medida? “No es una norma, no es una ley. Es una suerte de manual de cómo deben aplicarse los programas de cumplimiento para las empresas”, explica Carlos Caro, socio de Caro & Asociados.
Está pensado para los mismos sujetos que recaen dentro del ámbito de la Ley 30424, la Ley de Responsabilidad Administrativa de la Persona Jurídica. Eso incluye a empresas del sector privado, organismos públicos que tienen la calidad de empresa, y a organismos no gubernamentales.
Los lineamientos constituyen un esfuerzo de la SMV para facilitar el acceso y la comprensión del marco regulatorio referido a la responsabilidad administrativa de los modelos de prevención.
En el caso que en un proceso penal —por corrupción, por ejemplo— una empresa se acoja al beneficio de compliance, la SMV tiene que hacer un informe técnico en el que analice si el programa de cumplimiento de la compañía es idóneo o no. De acuerdo a ese informe, el juez decide si exime o no a la empresa de sanción. La Ley 20424 señala que si una persona jurídica tiene un programa de cumplimiento robusto, entonces se le exime de responsabilidad penal.
“El objetivo de estos lineamientos es limitar la subjetividad. La propia SMV ha sacado este dispositivo que nos permite conocer o predecir con qué parámetros se va a juzgar el programa de cumplimiento”, explica Caro. “Desde mi punto de vista, los lineamientos son positivos en la medida que dan a conocer la perspectiva del regulador”, agrega el abogado.
Según Caro, muchas grandes empresas ya se están certificando en compliance con asesores privados. “Pero faltaba el dato de cómo va a juzgar el Estado”, precisa. “Con estos lineamientos, va a ser más predecible cómo la SMV va a valorar el programa de cumplimiento”, sostiene.
La realidad del compliance
En el Perú, solo las empresas grandes, y algunas medianas, están en la capacidad de implementar programas de cumplimiento.
“Implementar un programa de cumplimiento cuesta dinero. El asesor más barato en el mercado puede cobrar unos US$ 5,000 o US$ 10,000 por implementarlo en una empresa mediana o pequeña. Para las grandes empresas, una asesoría en compliance puede costar US$ 50,000 o US$100,000, y hasta más”, asegura Caro.
El alto costo del compliance hace que las medianas y pequeñas empresas no puedan implementar estos programas. Además, debido a la pandemia, no se ve al compliance como una necesidad urgente, sino de largo plazo o hasta superflua. “Como es voluntario, siempre entra a tallar el costo-beneficio. ¿Qué gano haciendo esto? Y muchas veces las empresas no visualizan claramente el beneficio, que es ganar reputación y evitar riesgos legales”, puntualiza Caro.
Sin embargo, se espera que el costo baje por la masificación del servicio y por la posibilidad de gestionar un sistema de compliance a través de la tecnología. “La SMV está ayudando a masificar el compliance. Ya se conoce su pensamiento, cómo va a valorar el programa de cumplimiento. Y eso, en la medida que otorga predictibilidad, es un incentivo para que las empresas entren en compliance”, considera Caro.
Con estos lineamientos, junto con la Ley 30424 —que fija el marco general de los programas de cumplimiento y el DS 002-2019-Justicia, que detalla el contenido de los programas de cumplimiento—, los interesados en compliance ya pueden tener en claro qué es lo que debe incluir un programa de cumplimiento. “Ahora lo que falta es que las empresas lo apliquen”, enfatiza Caro.