La OCDE publicó las normas detalladas para que los países puedan trasponer en sus legislaciones el acuerdo internacional que permite aplicar un tipo mínimo de 15% en el impuesto de sociedades a las multinacionales por la actividad que tienen en cualquier país y evitar así una evasión fiscal.
Ese impuesto que tendrán que pagar las empresas con ingresos superiores a los 750 millones de euros que estén implantadas en más de un país debería generar una recaudación adicional de US$ 150,000 millones en todo el mundo, recordó en un comunicado la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
Este nuevo dispositivo, cuya aplicación efectiva depende ahora de la rapidez con la que cada país lo incorpore a su propia legislación, es resultado del acuerdo alcanzado en octubre por 137 jurisdicciones de todo el mundo tras un largo proceso de años para luchar contra la práctica de alojar una parte de los beneficios en lugares que ofrecen una fiscalidad muy baja o incluso nula.
Las normas publicadas ahora establecen un sistema coordinado para definir a qué empresas se les aplica el impuesto mínimo, algo que dependerá en última instancia de las modalidades que defina el país donde tengan su sede social. En consecuencia, por ahora no existe aún ninguna lista de sociedades, aunque se sabe que habrá miles.
Quedarán excluidos las entidades públicas, los organismos internacionales, las asociaciones con fines no lucrativos, pero también los fondos de pensiones y fondos de inversión, incluidos los dedicados al sector inmobiliario.
Se establece un mecanismo para calcular el tipo impositivo que pagan de forma efectiva las multinacionales para cada país en el que tengan implantación y fijan la cantidad de impuesto complementario en caso de que no estén sometidas allí a un tipo mínimo de 15%.
Esa diferencia corresponderá, con carácter general, al país de la multinacional, que de esa forma no tendrá el mismo interés que ahora en alojar de forma artificial una parte de sus beneficios en paraísos fiscales.
El acuerdo sobre el tipo mínimo del impuesto de sociedades es uno de los dos pilares (el segundo) del compromiso internacional de octubre sobre la fiscalidad de las multinacionales.
El primer pilar tiene que ver con la obligación de que las empresas del sector digital paguen impuestos en los países donde tienen actividad, y no solo donde declaran su sede física, en muchas ocasiones precisamente por razones fiscales.
El responsable de políticas fiscales de la OCDE, Pascal Saint-Amans, hizo hincapié en que las normas presentadas este lunes ”son esenciales para el desarrollo de la solución basada en dos pilares, pues convierten las bases del acuerdo político alcanzado en octubre en normas aplicables”.
Para Saint-Amans, el consenso de los países miembros del llamado “marco inclusivo” sobre estas pautas pone en evidencia “su compromiso con una solución coordinada para abordar los desafíos que plantea una economía cada vez más digitalizada y globalizada”.
El paso siguiente para la OCDE, a comienzos del 2022, será la presentación de los comentarios que hayan recibido estas normas. También se abordará entonces cómo se hará coexistir el nuevo dispositivo con el Régimen Mundial de Ingresos Intangibles de Baja Imposición que tiene Estados Unidos.
Luego se desarrollará un marco de aplicación centrado en cuestiones administrativas, de cumplimiento y de coordinación.
En febrero se celebrará una consulta pública sobre la implementación y sobre una Regla de Sujeción a Imposición en la que también está trabajando el Marco Inclusivo.