(Foto: GEC)
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Las empresas del sistema financiero deberán entregar, entre el 22 y 23 de julio próximo, determinada información financiera correspondiente a los años 2018 y 2020 a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria , para el intercambio automático de esa data con otros países, informó la entidad.

Dicho intercambio, que forma parte del esfuerzo común de las administraciones tributarias del mundo para luchar contra la elusión y evasión transnacional, se efectúa de acuerdo con los tratados internacionales suscritos por el Perú y las Decisiones de la Comisión de la Comunidad Andina.

Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000069-2021/SUNAT publicada hoy en el diario oficial El Peruano, se establecieron nuevas fechas máximas para su presentación, cuyo plazo vencía a fines de este mes, y que fue ampliado recientemente por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

De esta manera, la información financiera del año 2020 y la de 2018 (correspondiente a las cuentas existentes de bajo valor de las personas naturales), se deberá presentar de acuerdo con el siguiente cronograma:

La indicó que la ampliación del plazo se sustenta en que, debido a la pandemia, el Gobierno debió declarar el Estado de Emergencia Nacional y Emergencia Sanitaria, disposiciones que afectaron el desarrollo de las actividades económicas y el servicio que brindaban las empresas financieras a sus clientes.

Asimismo, considera algunas medidas que han afectado al sistema financiero como el retiro de fondos del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones y de la Compensación de Tiempo de Servicios (CTS).

El intercambio automático permite a nuestro país recibir información financiera de las cuentas que tienen nuestros compatriotas en otros países y remitir igual data de extranjeros residentes en Perú, a fin de luchar contra las prácticas de evasión y elusión tributarias a nivel global.

La información financiera a ser entregada a la Sunat con fines de intercambio comprende datos generales como (i) el saldo de las cuentas bancarias y, (ii) el rendimiento depositado en las referidas cuentas, además de los datos que permitan identificar al titular de tales cuentas.

Cabe agregar que similar información fue remitida por las entidades financieras nacionales a la Sunat durante el año 2020 referidas a data de 2018 (cuentas de alto valor) y 2019.

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