Redacción Gestión

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La Comisión Europea presentará en los primeros días del 2018 como plazo máximo un informe de evaluación respecto a si los países exonerados de la –entre ellos el Perú– están cumpliendo con los criterios para mantener este beneficio.

"A más tardar el 10 de enero de 2018, la Comisión presentará un informe al Parlamento Europeo y al Consejo en el que se evalúe la efectividad del mecanismo de reciprocidad (…) y el mecanismo de suspensión (…)".

Esto se lee en el Reglamento N° 1289/2013 que modifica el Reglamento N° 539/2001 sobre la exoneración de la visa Schengen, el cual espera la aprobación del Parlamento Europeo para que los peruanos puedan ingresar sin dicho requisito a 26 países europeos ().

Así continúa: "(…) Si fuera necesario (la Comision) presentará una propuesta legislativa tendente a modi­ficar el presente Reglamento".

Sucede que al proyecto se le incluyó un artículo con una cláusula de salvaguardia ('mecanismo de suspensión') que permite la reintroducción temporal de la obligación de visado en circunstancias específicas (). Perú y Colombia, específicamente, serán evaluados a tono de estas exigencias.

En igual forma, la visa volverá a ser obligatoria si hay un incumplimiento de la reciprocidad ('mecanismo de reciprocidad'). Es decir, si es el Perú, en este caso, impide el libre tránsito a ciudadanos de los 26 países europeos se le restituirá la obligatoriedad.