El Pleno del Congreso aprobó el Proyecto de Ley N.° 3672 que propone establecer que las empresas se puedan acoger de manera excepcional al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), regulado por el Decreto Legislativo (D.L.) 973.
La iniciativa se aprobó por mayoría con 82 votos a favor, 22 en contra y 5 abstenciones.
La congresista Rossangella Barbarán Reyes (FP), presidenta de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, dijo que la propuesta tiene por objeto flexibilizarlo de manera temporal y excepcional a fin de contribuir con la reactivación de la inversión privada en el país.
Añadió que la situación económica del país se viene deteriorando y las proyecciones de crecimiento se vienen reduciendo constantemente.
“La inversión privada tiene crecimiento de 0 % para el presente año y para los próximos años solo el 3 %, por eso es necesario las medidas que permitan promover y reactivar la inversión privada”, manifestó.
El articulo 2 de la propuesta legal permite excepcionalmente el acogimiento al régimen en mención a las inversiones de cualquier sector de la actividad económica no menor a los US$ 2 millones hasta el 31 de diciembre de 2024.
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La única disposición complementaria final indica que la vigencia de la norma es a partir del 1 de enero de 2023.
En el debate, el congresista Eduardo Salhuana Cavides (APP) manifestó que esta propuesta es un beneficio porque es una exoneración ya existente que vence el 31 de diciembre de este año y se está prorrogando al 2024.
“Lo que se pretende es promover las inversiones, se ha reducido de cinco a dos millones para incorporar a mayor número de pequeños empresarios que deseen invertir en diversos rubros en el país”, dijo.
A su turno, el parlamentario Edwin Martínez Talavera (APP) destacó que la iniciativa incentiva que las empresas vuelvan nuevamente a invertir en nuestro país.
La propuesta legislativa fue exonerada de segunda votación con 79 votos a favor, 21 en contra y 6 abstenciones, con lo cual quedó expedita para ser enviada al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.