(Foto: MML)
(Foto: MML)

Alerta duplicidad de funciones. Recientemente, se ha presentado el proyecto de ley 4560/2018-CR, que busca implementar un nuevo “Reglamento Nacional de Taxi” para “asegurar la calidad en la prestación de este servicio”. Sin embargo, para al no encontrarse bien direccionado, tal como sucede recurrentemente en el Congreso, en vez de alcanzar los objetivos que busca, tendría un efecto negativo.

Así, este proyecto, en manos de la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso, buscaría mejorar el servicio público de pasajeros a través de taxis y promover su desarrollo de forma estandarizada mediante el establecimiento de requisitos y condiciones “mínimas” homogéneas a nivel nacional, las que serían establecidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) en dicho reglamento y que aplicarían, además, a las empresas administradoras de plataformas tecnológicas de transporte. Si bien el proyecto busca modernizar la normativa del servicio de taxi, la forma en que pretende hacerlo distaría de obtener resultados eficientes, de acuerdo al gremio.

¿En qué sentido? El reglamento mantendría –advierte una duplicidad en la regulación del servicio a cargo de dos instancias públicas: por un lado, el MTC y por otro, las municipalidades. Esto en la medida que el reglamento conviviría con las exigencias que establecen los gobiernos subnacionales, más aún cuando el proyecto no prevé ninguna modificación sobre las capacidades y atribuciones de las municipalidades al respecto.

Cabe precisar que lo que pretende hacer el proyecto, es decir, implementar un reglamento nacional de taxi, ya se encuentra previsto en la regulación vigente. En concreto, el sector de transportes cuenta con el reglamento nacional de administración de transportes, previsto en la Ley 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en el que se regulan las distintas categorías de servicios de transporte, incluido el de taxi.

Por otro lado, el proyecto incluye a las plataformas digitales, a las que pretende regular equiparándolas con el servicio tradicional de taxi, pese a reconocer que estas son únicamente un canal de intermediación entre la oferta y demanda de servicios de transporte. Esta gran diferencia ha sido reconocida por el Indecopi, que en distintos procesos ha resuelto que las empresas administradoras de dichas plataformas no pertenecen al rubro de transporte, sino al de tecnología.

Así, en opinión del gremio imponer la regulación del servicio tradicional a estos nuevos esquemas desarrollados en el marco de la economía digital desincentivaría la innovación, reduciría la oferta, incrementaría los precios y disminuiría la calidad de los servicios en perjuicio de los usuarios pasajeros o consumidor final.

“A través de las plataformas digitales se ha logrado cubrir una gran demanda insatisfecha, al hacer disponibles alternativas de transporte más económicas y seguras respecto del servicio convencional, lo que explica el rápido crecimiento, en tan poco tiempo, de las empresas nacionales y extranjeras de intermediación en la prestación de este servicio en nuestro país”, agregó.

“Por tanto, el proyecto de ley 4560/2018-CR generaría inconsistencias y un mayor nivel de regulación innecesaria, lo que restaría incentivos a la innovación en la economía colaborativa, que ha traído soluciones a problemas de orden público, particularmente en el sector de transporte. Regular por regular ya no es rentable, al menos no para beneficio del Perú”, comentó.

[Tomado del Semanario Comex Perú]

TAGS RELACIONADOS