El Gobierno en el 2014 aprobó una legislación temporal de beneficios tributarios aplicable a los contribuyentes con deudas a la para actualizar excepcional de sus deudas con el fisco.

Así, la Ley N° 30230 dispuso la actualización de las deudas tributarias incluidas las de y a través de la eliminación de los intereses capitalizados, por los períodos comprendidos entre el 31 de diciembre de 1998 y el 31 de diciembre de 2005.

Sin embargo, cuando se publicó su reglamento Decreto Supremo N° 322-2014-EF, se excluyó de este beneficio a las deudas sometidas a proceso concursal en el

Por esa razón, el Club Universitario de Deportes y otros interpusieron contra esta norma un proceso judicial que tenía por finalidad expulsar la exclusión de su aplicación (acción popular).

El fallo a favor de la "U"

Recientemente, en última instancia, el Poder Judicial en el Expediente N° 03999-2018-0-5001-SU-DC-01 declaró fundada la demanda interpuesta por la “U”, por lo que la inaplicación de los beneficios tributarios para deudas concursales ha quedado eliminada.

Como consecuencia, todos los clubes de fútbol sometidos a procesos concursales en el Indecopi podrían iniciar la solicitud para acceder a estos beneficios.

Así, en el caso de la “U”, solicitó acceder a este beneficio, y podría obtener la reducción de la deuda con la Sunat en un estimado de S/ 49 millones, según revelaron fuentes cercanas al club.

Si Alianza Lima pide el acceso a este beneficio, podría ocasionar que la Sunat deje de ser el principal acreedor, y los créditos laborales decidirán los destinos del club.