Crimen y castigo: ¿Cómo hacer cumplir la cuarentena?
Marcelo Rondoy, estudiante de Economía de la Universidad del Pacífico
La economía estudia, entre muchas cosas, el comportamiento del individuo, quien es denominadoel homus economicus que toma decisiones racionales basadas en incentivos. Estos pueden clasificarse en dos categorías: incentivos positivos (obtener un “premio”) e incentivos negativos (evitar una reprimenda o castigo).
Es tarea del hacedor de política, entonces, estar al tanto de cuál de estos incentivos rige el accionar de las personas para poder formular correctas legislaciones y propuestas que realmente cumplan su finalidad y favorezcan a la sociedad.
Uno de los temas que entra a tallar en este contexto es el del incumplimiento de la cuarentena. La situación actual ha exigido adoptar una postura responsable con el fin de salvaguardar no solo nuestra salud, sino la del resto. En esa línea, mientras más personas acaten las reglas dispuestas por el gobierno, menor será la tasa de contagios, las actividades podrán reiniciarse con mayor rapidez y, en consecuencia, el país podrá comenzar a recuperarse.
En pleno escenario pandémico, el Congreso promulgó a fin de marzo la Ley de Protección Policial que otorga garantías legales a militares y policías que, en cumplimiento de sus labores para garantizar el toque de queda, hayan causado lesión o muerte con el uso de sus armas de manera reglamentaria. Uno puede plantearse la interrogante acerca de la eficiencia de la norma y si esta logra cumplir con el objetivo de trasfondo: hacer que la gente respete el confinamiento y se quede en su casa.
Para poder responderla tenemos a nuestra disposición la teoría económica del crimen, que sugiere que la lógica criminal sigue un patrón comparable al de un individuo racional que realiza un análisis costo-beneficio al momento de delinquir. Uno de los pioneros de este enfoque fue Gary Becker, galardonado con el Premio Nobel gracias a que su trabajo permitió desarrollar diversos campos de estudio para la economía.
En uno de sus artículos, titulado Crime and Punishment: An economic approach (1968) y publicado en el Journal of Political Economy, explica que la decisión de un individuo de incurrir en actividades que vayan en contra de la ley estará condicionada por dos incentivos negativos: (1) la probabilidad de ser aprehendido y (2) la severidad de la pena o castigo. Por lo tanto, una política que incremente los denominados “costos de delinquir” será satisfactoria y eficiente. La idea es simple, e incluso macabra, el sujeto debe concebir la idea de que cometer un crimen y salir impune es imposible, y que el castigo será grave.
En base a lo anterior, corresponde analizar las implicancias de la Ley de Protección Policial. Por un lado, los policías obtienen más facultades al no tener restricciones en el uso de sus armas para poder asegurar la detección de quienes infringen la cuarentena. En ese sentido, la ley versa con el primer punto que nos plantea Becker ya que aumenta la probabilidad de ser reducido y aprehendido si es que uno decidiese no respetar el toque de queda. Asimismo, agrava el potencial castigo que el infractor pueda recibir porque ahora el oficial se encuentra menos limitado a actuar con tal de reprenderlo.