¿Cómo va el Frente de la Supervisión Macro-Prudencial?
En las últimas semanas se ha podido observar por un lado una columna donde se decía que sólo el BCR podía hacer realmente dicha supervisión e incluso se recomendaba que la SBS fuera absorbida por éste; y por el otro las declaraciones de un funcionario de la SBS que comentaba la supervisión de esta entidad en materia de gestión del riesgo de sobre-endeudamiento que se efectuaba a nivel de cada entidad. Estos dos artículos pueden parecer desconectados pero en realidad no lo están pues revelan a la vez una realidad y un debate sobre estos temas.
Para entenderlo es mejor recordar primero unas definiciones que había dado en un post de fines de abril del 2012.
La supervisión financiera macro-prudencial es aquella que, en lugar de concentrarse únicamente en la evaluación de cada entidad financiera supervisada, examina los riesgos potenciales a nivel del sistema financiero (riesgo sistémico), y trata de prevenir que estos empeoren, o de mitigar sus consecuencias si se realizan. El ente supervisor, la SBS, no puede efectuarla solo, por toda la información necesaria para que sea realmente eficaz.
Esta supervisión está muy ligada a la noción de estabilidad financiera, que es más amplia y que podría definirse como la provisión sostenida de financiamiento para la economía (prevenir los “booms” excesivos y las “sequías de crédito”) y la de medios de pagos, para evitar una “ruptura de la cadena de pagos”. Esa visión más amplia, que requiere una fuerte colaboración del BCR con la SBS y el MEF, y de éstos con otras entidades, se desprende de los Reportes de Estabilidad Financiera del BCR y del discurso de Juan Klingenberger de mayo 2006 (ver página web del Fondo de Seguro de Depósitos).
Los dos artículos mencionados nos permiten al mismo tiempo tratar de saber cómo estamos en materia de avances en la supervisión macroprudencial y el aseguramiento de la estabilidad financiera.
Antes que todo, hay algo que debe recordarse siempre: la labor del BCR tanto como la de la SBS son reconocidas internacionalmente como globalmente muy buenas. Por supuesto que siempre hay cosas que mejorar y que se pueden discutir, como el “timing” de ciertas medidas, pero es conveniente no perder la perspectiva, sobre todo a la luz de falencias serias observadas en otros lares, incluso en países más desarrollados.
Primero, en cuanto a la afirmación de que sólo el BCR puede hacer adecuadamente supervisión macroprudencial, ello no es cierto, pues la SBS emitió hace años regulación con objetivos netamente macroprudenciales : en el 2005 la relativa a la gestión del riesgo cambiario crediticio (siendo uno de sus objetivos principales el contribuir a desdolarizar las carteras crediticias) y en el 2006 (reforzada en el 2008) la relativa a la gestión del riesgo de sobreendeudamiento, que tenía por objetivo principal limitar los riesgos de sobreendeudamiento en el sistema financiero como un todo. Son los casos más notorios pero no los únicos.
Ambas regulaciones macroprudenciales tuvieron éxito:
. la supervisión efectiva de la gestión del riesgo cambiario crediticio empezó a aplicarse en el 2006, y no pocos habrán notado cómo hubo una aceleración de la desdolarización de los créditos entre el 2006 y el 2010. La acción de la SBS tuvo mucho que ver en ello, pues aparte de la presión supervisora acompañada del riesgo de verse imponer provisiones crediticias adicionales, creó una conciencia mucho mayor en las entidades financieras acerca del riesgo cambiario crediticio. Tuvo un efecto didáctico muy importante. El que en los últimos años el esfuerzo en la desdolarización pareció haberse frenado algo, ello no desmerece lo logrado.
. la supervisión efectiva de la gestión del riesgo de sobreendeudamiento, que empezó de manera simultánea a la regulación, terminó, luego de no pocas resistencias, incluso internas, por hacer entrar dicha noción en el vocabulario corriente (donde antes no existía) y en la preocupación de las entidades financieras del país. Tuvo un rol innegable en hacer que muchas entidades tuvieran más cuidado al respecto, y lo que es notable, que algunas fueran muy conscientes de que por su tamaño en la banca minorista, una gestión deficiente de dicho riesgo de su parte podía tener un efecto muy negativo en el mercado y para otras entidades financieras. Pude ser testigo de cómo algunos altos responsables bancarios incluso tenían sugerencias de cómo reforzar esa regulación y supervisión; por supuesto, no han faltado resistencias de otras entidades, pero globalmente se puede decir que el Perú ha podido evitarse hasta ahora, a pesar del auge crediticio, una crisis masiva de sobreendeudamiento minorista, más visible y/o amenazante en otros países desarrollados y emergentes. Ello no quiere decir que no haya “zonas o bolsones de sobreendeudamiento” en ciertas regiones o segmentos, pero la situación es menos inquietante que en otros países, aunque es necesario mantenerse vigilantes pues esa fuerte conciencia del tema no es algo unánime, siguen habiendo resistencias o tendencias a subestimar ese riesgo y han aumentado los signos preocupantes últimamente. Es necesario reconocer también el rol complementario los esfuerzos de educación financiera efectuados por la SBS así como la ASBANC y ciertas entidades financieras en particular, que tomaron como base justamente la mencionada regulación. Aquí también el que en los últimos años la lucha contra el riesgo de sobreendeudamiento parezca haber sino menos enérgica (salvo en la educación financiera), no desmerece el rol impulsor de la SBS y lo logrado.
Segundo, el debate sobre si conviene que la supervisión bancaria esté dentro del banco central o en otra entidad igualmente autónoma, es interminable, pues hay evidencias de éxitos y de fracasos en ambos tipos de arreglo institucional, es muy difícil zanjar a favor del uno o del otro. Lo que sí se ha podido observar, en cambio, es que el querer cambiarlo todo en un momento dado sí podía generar un riesgo operacional en la supervisión misma, con problemas de adaptación, debilitándola temporalmente. Y la prudencia manda que si algo funciona razonablemente bien, mejor evitar la creación de un riesgo organizacional sistémico. Y también es muy importante no equivocarse en el diagnóstico: muchas veces no fue el tipo de organización el problema, fue la falta de verdadera voluntad de supervisión, así como la ausencia de un activo enfoque macroprudencial. Y en caso de organizaciones separadas, la falta de coordinación entre ellas, muchas veces con celos que dificultaban el trabajo en común (cabe recordar sin embargo que ello también puede presentarse en el seno de una misma organización, con un área destruyendo u obstaculizando lo que hace la otra, o simplemente una “mentalidad de silos” demasiado arraigada). Y aunque sea cierto que un banco central tenga, por naturaleza, más herramientas macroprudenciales a su disposición, y también el hecho de que incluso hasta ahora se pueda ver que no todos los funcionarios en la SBS han asimilado el enfoque macroprudencial de las normas mencionadas, ello no quita el gran mérito de la SBS, como institución, en la introducción activa de este enfoque. Es decir, no hay razones muy sólidas para pensar que la SBS debería ser absorbida por el BCR; al contrario, se debe hacer todo lo posible para mantener y reforzar su autonomía institucional, así como asegurarse de que esté siempre dirigida por gente con fuerte “voluntad supervisora”, al mismo tiempo abierta al diálogo con el sector privado.
Tercero, no se debe olvidar el tema más amplio del aseguramiento de la estabilidad financiera, del cual la regulación y la supervisión macroprudencial es una herramienta. Es en este donde todavía tenemos debilidades, al no disponer aún de un Consejo de Estabilidad Financiera, se sigue teniendo mecanismos de coordinación informales, que desgraciadamente dependen demasiado de la calidad y buena voluntad de las personas a cargo.. En el contexto de la crisis del 2008-2009 la idea cobró cierto ímpetu, pero este parece haberse perdido, tal vez porque aparte de ciertos segmentos microfinancieros, el sistema parece mantenerse globalmente muy sólido. Y no se debe olvidar que en este tema, no se trata solamente de la SBS y del BCR, también el MEF, como en otros países, puede contribuir significativamente, ya que en caso de crisis financiera sistémica, la que puede terminar más afectada en cuanto a la carga financiera es la Hacienda Pública. Es quizás por ello, que frente a las objeciones jurídicas que suelen plantear los bancos centrales para dirigir dichos Consejos, como se vio en Chile, se ha visto a veces a los Ministerios de Economía y Finanzas o de Hacienda, según los países, tomar su presidencia.
Un Consejo de Estabilidad Financiera permitiría no solo garantizar la sostenibilidad de largo plazo de la coordinación entre entidades clave, sino tomar medidas macroprudenciales coordinadas más completas, que tomen en cuenta todas las fuentes de riesgo sistémico. Como por ejemplo, hacer que las entidades financieras elaboren verdaderos escenarios de estrés sobre sus carteras crediticias para el caso de un sismo de gran magnitud en Lima y Callao, para ver en qué medida su solvencia aguantaría este tipo de escenario que no tiene nada de improbable, que sería seguramente de un fuerte deterioro de gran parte de la cartera crediticia, sobre todo en las condiciones actuales de una bajísima penetración de los seguros y de la cultura de la continuidad del negocio. Aunque no sería sorprendente que algunos bancos, que ya trabajan sobre el tema de la continuidad del negocio en ese escenario, junto con la SBS, el BCR y el MEF, ya lo hayan pensado espontáneamente y ya estén haciendo ese tipo de ejercicio, empezando a calibrar la evolución de sus ratios de capital en función de ello, más allá de los mínimos regulatorios.
Y lo interesante, es que un gremio privado como ASBANC parece haber adoptado de manera creciente el enfoque macroprudencial, algo que hice votos por ver más estructurado, en el marco del cuaderno de investigación sobre la urgencia de la regulación y supervisión macroprudencial, que finalicé en Noviembre 2011, y que fue publicado en abril del 2012 por el Instituto del Perú. Esperemos que esta tendencia, que facilita la colaboración público-privada, se siga desarrollando, incluso en un trabajo conjunto con los gremios de las empresas microfinancieras y con el de empresas de seguros (APESEG). En este tema, los resultados pueden ser considerables cuando el sector público y el privado trabajan juntos. Ejemplo de ello es el trabajo conjunto público-privado liderado por la SBS en materia de continuidad del negocio del sistema financiero en escenario de desastres de gran magnitud.