Reforma del PJ: 30 años de fracaso
En su versión actual, el sistema de justicia lleva tres décadas siendo reformado, siempre por los mismos expertos y siempre con los mismos resultados: pocos o ningún avance percibido. El sistema de justicia peruano sigue siendo lento, corrupto e inefectivo. Hay dos características de estas campañas de reforma que quisiéramos resaltar: i) su foco en la elección de jueces y fiscales; y, ii) su falta de enfoque en incentivos económicos.
En relación al primer punto, el foco de muchas reformas (y de instituciones y “personalidades” que encabezan la reforma) ha estado puesto en quién y cómo se eligen a los jueces y fiscales. Este interés, aunque relevante, claramente es insuficiente. Además, este interés en la elección se acerca peligrosamente a un intento de captura del sistema, antes que un interés sincero en su mejora.
En relación al segundo punto, es llamativo como cosas que en otros ámbitos son obvias, como el manejo de recursos humanos en base a resultados y competencia; en el ámbito judicial permanecen relegados a la categoría de excentricidades que hablan los entusiastas del análisis económico del Derecho, pero no está en el menú de las reformas posibles. En el grupo de incentivos, se encuentra, por ejemplo, i) el evaluar el trabajo de jueces y fiscales en base a una combinación de cantidad de resoluciones/denuncias; combinado por un factor de éxito/calidad, como puede ser la cantidad de veces que sus decisiones son derogadas por la instancia superior. Esta evaluación debería derivar en un ranking de jueces y fiscales, bonificaciones e incluso la remoción de autoridades que no cumplan con un mínimo de calidad. Esta fórmula tendría un impacto no solo en la calidad y rapidez del sistema, sino incluso en reducción de la corrupción. Si un juez “voltea” su decisión por recibir un pago, luego debe sufir las consecuencias de tener una decisión que se aleje del estandar, tener más chances de ser revertida y con eso, ser calificada como una mala decisión que afecta su puntaje como juez. Así, los incentivos para la corrupción serían menores.
Nuevamente en relación a los incentivos, ii) no hay motivo para que el sistema de justicia sea “gratuito” (financiado mayoritariamente con impuestos), sino que el costo debería estar en cabeza de los que usan el sistema. Si una empresa -como un banco- utiliza el sistema de justicia de forma constante, ¿por qué deberíamos pagar por eso todos los ciudadanos? Eso no quita, por supuesto, que las personas con escasos recursos sí puedan recibir una ayuda económica cuando requieran litigar en el Poder Judicial. En la lógica del pago, la velocidad de los procesos también debería estar determinada por pagos diferenciados. Procesos rápidos deberían costar más que procesos lentos. Eso debería poder ser elegido por el usuario del sistema. De hecho, hoy día las partes en Perú pueden determinar la velocidad del proceso, pero llamamos a eso corrupción. No existe motivo para que el pago por la aceleración de un trámite no sea parte del sistema formal de administración de justicia.
En el grupo de la competencia, ésta, a su vez, se puede ver como iii) competencia “interna”; y, iv) competencia externa. La interna tiene que ver con la capacidad de las propias partes de elegir a jueces y fiscales. La competencia no debería ser asignada en función a criterios fijos e inamovibles (dentro de parámetros relativamente flexibles como la competencia territorial) sino que deberían ser muy flexibles. Esto conversa con el ranking de jueces. Si los jueces son rankeados, pero las partes no pueden elegirlos, se resta utilidad al ranking comentado en el punto i).
En relación al punto iv), es necesario descargar el sistema de justicia, para que se pueda concentrar solo en temas que consideremos que son especialmente relevantes o necesario que los atienda un funcionario público, con todas las formalidades que supone un proceso judicial. El resto de temas, deberíamos buscar candidatos para su resolución: arbitrajes (casos grandes entre empresas); notarios (procesos no contenciosos, que parecen más trámites que procesos propiamente); problemas vecinales y doméstico (extender la justicia de paz a zonas urbanas); Indecopi (para temas relacionados a protección al consumidor, propiedad intelectual, libre competencia, barreras burocráticas y otros); redefinir las competencias del Tribunal Constitucional (actualmente duplica las funciones del PJ en muchos aspectos); etc. La competencia entre poder o ámbitos de decisión también ayudará a generar eficiencias y eficacia en la decisión, tanto en términos de velocidad, como de calidad de las decisiones (por especialidad o cercanía con la controversia).
Como vemos, 30 años de reforma del sistema de justicia, se ha enfocado en cuestiones muy puntuales (y con dudosas intenciones) como la selección de jueces y fiscales; pero ha dejado de lado temas centrales para una reforma. En mi caso, propuse esto -conjuntamente con Carlos Deustua y Ana Cecilia McLean) en un documento producido por la Universidad del Pacífico, en 2011 (link aquí). Luego, otros autores jóvenes como Fabio Núñez del Prado (link aquí), también han propuesto medidas enfocadas en los incetivos económicos y la competencia.