Tomando en cuenta que cada día se acerca más la fecha para el esperado retorno a clases -tras dos años de educación virtual- una pregunta recurrente de los padres de familia está relacionado con las pensiones, así como los cobros que pueden realizar los colegios privados y aquellos que no pueden efectuar.
Mariela Villacorta, funcionaria de la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Indecopi, explicó que -en el caso de los cobros que pueden realizar los colegios- básicamente son tres: la cuota de ingreso; la matrícula y las pensiones. La cuota de ingreso -precisó- el pago que se realiza es por única vez y corresponde hacerlo solo a los estudiantes nuevos.
En tanto que la matrícula se cobra una vez, al inicio del año, y no debe ser mayor al monto de la pensión; mientras que las pensiones se cobran de manera mensual. “Esta prohibido el pago adelantado de las pensiones”, subrayó en la última edición de Gestión en Vivo.
“Cualquier otro cobro adicional que se les haga a los padres de familia va ser ilegal, lo que puede ser materia de reclamo o de una denuncia”, agregó.
-Aumento de pensiones-
La funcionaria dijo que los colegios -antes de que se inicie el año escolar- deben informar a los padres de familia si la pensión del nuevo año lectivo va aumentar de precio/valor.
“En el caso puntual del 2022, los colegios están obligados a informar a los padres de familia de un aumento de sus pensiones ya sea en diciembre de 2021 o enero 2022 (cuando se inicia el periodo de matrícula)”, comentó.
Mencionó que los colegios -adicionalmente de informar sobre los montos que se cobran por el servicio educativo- están en la obligación también de brindar información de los montos que se han cobrado en los últimos cinco años.
“Es decir, si estamos en el 2022, los colegios tendrían que informar a los padres sobre las pensiones que han cobrado desde el 2017. Esta es una medida dada por el Gobierno que tiene por finalidad que los padres pueden saber cómo ha ido aumentando año a año la pensión del colegio de sus hijos y les da una idea de cuánto podrían incrementarse el monto de la pensión y de la matricula”, argumentó.
Los colegios privados, ¿pueden disponer el aumento de la pensión escolar a mitad de año de manera unilateral? Sobre el particular, la representante de Indecopi dijo que “la información que se brinda al inicio de año (sobre el costo de las pensiones) se tiene que mantener durante todo el año lectivo ya que lo -que se busca- es darles seguridad a los padres de familia sobre lo que se va a pagar durante el año para que no afecte su economía familiar”.
En ese sentido, mencionó que los colegios deben prever todos los factores que van a impactar en sus pensiones para evitar que elementos tales como tipo de cambio o inflación les impacte -al ser elementos cambiantes- los mismos que si tienen un impacto, debe informarse -reiteró- a inicio de año y mantenerse durante el 2022.
-Medidas de bioseguridad-
La funcionaria detalló -asimismo- que corresponderá a los propios centros educativos fiscalizar el cumplimientos de las medidas de bioseguridad a implementarse en las aulas para evitar casos de COVID-19.
“Es el Minedu, a través de la UGEL, es la responsable del cumplimiento de las medidas de bioseguridad. Lo que ha establecido el Minedu es una plataforma -que maneja- a través del cual se van a poder reportar en determinado tiempo cómo se están implementando las medidas de bioseguridad y su cumplimiento. Parte de estas medidas es la distancia de 1 metro, así como la implementación de una lavaderos de manos, ventilación permanente y otras medidas deben ser implementadas por los colegios antes del inicio del año escolar”, comentó.
-Notas-
- Obligatoriedad del uniforme escolar: la funcionaria precisó que es el reglamento interno del colegio es el que indica si es que se deberá usar uniforme durante el año lectivo. “Hay colegios que no establecen la obligatoriedad de usar uniforme en su reglamento. El uso obligatorio del uniforme se establece en el reglamento interno del colegio”.
- Se debe entregar el primer día de clases todos los útiles escolares: al respecto, la representante de Indecopi dijo que no se puede exigir el íntegro de los materiales y/o útiles el primer día de clases, así como solicitar otros útiles que no respondan a las necesidades de aprendizajes de los estudiantes. “Se tiene como mínimo 30 días para irse implementando la lista de útiles solicitadas por el colegio”.
- Textos escolares: la funcionaria dijo que los padres de familia tienen derecho a participar en el proceso de selección de los textos escolares (libros) que serán utilizados durante el año. El director del centro educativo debe promover la participación de las familias y sus órganos de representación (APAFA o Comités de Aula).
- Uso de los textos escolares: la representante del Indecopi señaló que los textos escolares pueden ser nuevos o de segundo uso. No es obligatorio adquirir libros nuevos. A diferencia de los cuadernos de tarea, trabajo o de actividades, que solo se pueden utilizar por única vez, pueden ser físicos (en papel) o virtuales (plataformas virtuales).
- Alimentos escolares: la especialista dijo que que los estudiantes solo podrán consumir alimentos traídos desde su hogar y consumirlos a una distancia física de 2 metros, en un espacio abierto acompañado de un docente.
- Comedores en el colegio: la funcionaria acotó que los quioscos, cafeterías y comedores escolares se mantendrán cerrados durante la emergencia sanitaria, excepto en los modelos de servicio educativo con residencia donde se permite el uso de comedores, respetando las condiciones de bioseguridad.
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