Pasos a seguir: desde hoy comienza trámite para uso del 25% de fondos AFP en vivienda
FOTOGALERÍA La SBS presentó el último viernes, el procedimiento operativo para que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) puedan utilizar hasta el 25% de su fondo en la compra de su primera vivienda.
Los afiliados al sistema privado de pensiones pueden disponer hasta el 25% de su fondo para la compra de un primer inmueble en cualquier momento.
Los afiliados al sistema privado de pensiones pueden disponer hasta el 25% de su fondo para la compra de un primer inmueble en cualquier momento.
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Los afiliados al sistema privado de pensiones pueden disponer hasta el 25% de su fondo para la compra de un primer inmueble en cualquier momento.
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Afiliados a la AFP también podrán disponer hasta el 25% de su fondo para amortizar el crédito hipotecario de la compra de primer inmueble en el sistema financiero.
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Los afiliados que califican para obtener el beneficio de cuota inicial son aquellos que compran un inmueble y acceden a un crédito hipotecario en el sistema bancario.
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Si la persona fue propietaria de uno o más inmuebles pero luego lo(s) vendió antes del 30 de junio (fecha en que se promulgó la ley) y ahora ya no cuenta con inmuebles, también podrá acogerse al beneficio del retiro de fondos de AFP pues las primeras prop
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Los afiliados que califican para obtener el beneficio de la amortización son aquellos que tienen un crédito hipotecario que financia un primer inmueble.
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Si a la fecha de otorgamiento del crédito no tenía inmueble (sin importar si fue antes o después del 30 de junio), sí califica para el retiro de fondo de AFP.
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Si la persona fue propietaria de uno o más inmuebles y lo(s) vendió antes del 30 de junio; y luego adquirió un crédito hipotecario, sí podrán calificar; y si estuviera pagando dos créditos hipotecarios, sí podría aplicar la amortización pero solo sobre la
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Si cumple con los requisitos exigidos deberá presentar un reporte emitido por la Sunarp respecto a los inmuebles de su propiedad (en calidad individual, como sociedad conyugal, como copropiedad).
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También debe presentar el último Estado de Cuenta o Información disponible de su Fondo de Pensiones.
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El afiliado deberá conocer el valor del su fondo de pensiones y el monto en capacidad de solicitar a la AFP.