El alquiler de viviendas es un sector que presenta conflictos tanto para el propietario, como para el inquilino. Por lo que la Cámara Inmobiliaria del Perú está proponiendo la implementación de un seguro inmobiliario para que ambas partes no tengan problemas al momento de arrendar un inmueble.
Gestión conversó con Augusto Peñaloza, presidente de la Cámara Inmobiliaria Peruana, para conocer más detalles sobre la propuesta que el gremio le realizará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS).
Beneficios de implementar un seguro en el sector inmobiliario
En el alquiler de viviendas hay problemas con el cumplimiento de pago, así como con el plazo de estancia del inquilino, con las garantías anticipadas, entre otros. En ese sentido, la CIP propone algunas soluciones con el objetivo de que el mercado se dinamice, haya una mayor cantidad de oportunidades a largo plazo y prime la confianza para la inversión en el sector.
- A favor del propietario
Cuando el propietario alquila una vivienda, espera que el inquilino cumpla puntualmente cada mes; sin embargo, cuando deja de pagar, retirar a la persona del recinto es un problema.
Por ello, en otros países se aplica “un seguro de caución. Esta es una póliza que se paga para cubrir la renta que el inquilino deja de pagar. Si el arrendatario no paga un mes, el propietario puede presentar la denuncia, y al siguiente mes recibirá dos meses de renta. El seguro se pagará al dueño hasta que el inquilino salga de la vivienda”, explica Peñaloza.
Además, proponen que el MVCS disponga de un portal web en el que se homologue el proceso. Y es que, el dueño de una vivienda muchas veces no sabe reconocer la identidad real de una persona, si se encuentra en Infocorp, si las boletas que presenta son reales, entre otras cuestiones.
“El alquiler de un inmueble es como un crédito de mediano plazo. Queremos que haya un tratamiento similar al del banco, cuando se quiere solicitar una tarjeta de crédito, el usuario debe calificar. Con una página web, los propietarios podrán reportar a los inquilinos morosos. Todo inquilino que entre en la actividad de cobranza judicial o extrajudicial, aparecerán ahí y a los que son confiables, también se les podrá identificar con mayor facilidad”.
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- A favor del inquilino
Al alquilar una vivienda, los propietarios solicitan al arrendatario uno o hasta dos meses de garantía anticipada, para cubrir los meses que ellos no puedan pagar, o para reparar algún desperfecto que presente el inmueble. Sin embargo, esta práctica no es obligatoria, pero se aplica por la falta de confianza en el inquilino. Para ello, la CIP propone:
“El propietario y el futuro inquilino deberán ir a firmar el contrato a una notaría. El notario va a certificar esas firmas y se dará una fecha límite al contrato. Así, en lugar de que se le dé el dinero de la garantía al propietario, se le dejará un cheque al notario para que al finalizar el contrato, el inquilino vaya a la notaría, entregue las llaves de la vivienda y recoja el cheque”, considera Peñaloza.
Agrega que al inquilino no se está garantizando el buen uso o el maltrato, se le asegura la devolución de llaves y la renta puntual.
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¿Qué solicita la CIP para el seguro inmobiliario?
Para Augusto Peñaloza, el Estado debe establecer una norma en la que se indique cómo iniciar con el proceso.
“Se espera proponer un formato con especificaciones que deben cumplir el propietario y el inquilino. Este documento se enviará a un notario para que se valide la información. Con ello, se evitará que alguien usurpe un inmueble para alquilarlo y se contará con el apoyo del Estado”, explica.
El presidente de la CIP refiere que, así como los bancos solicitan formatos para otorgar una tarjeta de crédito, debería solicitarse también para un alquiler de vivienda; eso será una etapa disuasiva para evitar a los estafadores o inquilinos morosos.
Mientras que, cuando se realiza el pago del seguro, el contrato se hace más efectivo y la ficha que se firmó en el notario será un documento importante para cobrarlo.
“El propietario debería garantizar que es dueño del inmueble mediante la notaría; el inquilino debe garantizar el pago de la renta y cubrir el costo del seguro. Si por algún motivo, no quiere cubrir el costo del seguro, lo cubrirá el propietario, pero el seguro se tiene que dar. Si no quieren hacer este proceso, que se tomen los riesgos y alquile el inmueble, cuando se presente el problema, pensarán en haber adquirido el seguro”, advierte.
En cuando al costo del seguro, Peñaloza precisa que las empresas aseguradoras determinarán el monto, pero en países como Argentina, este equivale aproximadamente al 10% del alquiler.
“Hoy en día, la gente que compra viviendas para alquilar equivale al 10%. En el año 2010, era el 35%, ha retrocedido. Si planteamos estas soluciones, nos tomará cierto tiempo, pero vamos a regresar a ese porcentaje y la actividad inmobiliaria se verá beneficiada. El propietario y los inquilinos también porque cuando haya más ofertas, los precios van a bajar”, finaliza el representante de la CIP.
Periodista. Bachiller en la Universidad San Martín de Porres con experiencia en medios digitales. Actualmente, me desempeño como Redactora Web en Gestión con gran interés en temas económicos y las finanzas.
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