Redacción Gestión

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MIGUEL ALONSO JUAPE PINTOmjuape@diariogestion.com.pe

El Poder Judicial aprobó como criterio uniforme para todos los juzgados (pleno laboral) que los despidos sin causa (DSC), o fraudulentos (DF), se tramiten en los juzgados ordinarios laborales, tal como adelantó Gestión.

Antes de este acuerdo, los DSC y DF solo se tramitaban a través de acciones de amparo (resueltas por el Tribunal Constitucional). Pero, en estas demandas no era posible lograr el pago de las remuneraciones dejadas de percibir durante el juicio (pagos devengados). Para ello, era necesario un segundo juicio, refirió el especialista Germán Lora.

Sin embargo, a partir del referido criterio del pleno laboral se podrá solicitar en un solo juicio que se paguen las remuneraciones devengadas; como ocurre en los casos de despido nulo (por embarazo, afiliación sindical y otros), explicó. Otro punto a destacar, según el experto, es que ahora en los casos de DSC o DF habrá una etapa de prueba.

Los empleadores ya no podrán utilizar la falta de prueba en el juicio (amparo) para solo pagar la indemnización, sino que ahora deberán reponer al trabajador, anotó.

Horas extrasDe otro lado, el pleno laboral estableció, en el caso del sector público, que las limitaciones presupuestales no serán un impedimento para que el trabajador obtenga el pago por horas extras.

Y, tanto para el sector público como el privado, se establece que solo se podrán compensar las horas extras con descanso físico cuando exista un acuerdo para ello.

Existe una posibilidad muy grande de que los trabajadores (públicos) no consientan el acuerdo y se les tenga que pagar, agregó.

Otro tema, en el sector privado, es que los trabajadores de espera, vigilancia o custodia, no tendrán derecho al pago de horas extras si realizan actividades intermitentes (con lapsos de inactividad hacen un esfuerzo menor en relación con otras labores).