Hace unos días la Municipalidad Metropolitana de Lima emitió una Ordenanza (N° 2477-2022), firmada por el nuevo alcalde Miguel Romero, la cual flexibiliza los parámetros de construcción en los casos de los proyectos inmobiliarios que se ubiquen en el Centro Histórico de Lima.
La norma elimina la exigencia de que los proyectos inmobiliarios cuenten con un número mínimo de estacionamientos. Antes del cambio, la exigencia era el tener un estacionamiento por cada tres unidades de vivienda.
La ordenanza agrega que el beneficio alcanza solo a los proyectos que se encuentren en el marco de algún programa o producto del Fondo Mivivienda, pues se busca promover los proyectos de vivienda de interés social. Cabe recordar que el Fondo Mivivienda apoya en el financiamiento para la compra de inmuebles por un precio de hasta S/ 419,600.
El Centro Histórico de Lima lo conforman 450 manzanas, en un territorio con una extensión de 1,022 hectáreas y abarca parte de los distritos de Cercado de Lima y el Rímac y, en menor proporción, de los distritos de El Agustino, Breña, La Victoria y San Martín de Porres.
Al respecto, la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco) saludó la emisión de la norma, pues señala que ayudará a promover el desarrollo de nuevos proyectos inmobiliarios.
“Será el promotor el que determine, según la demanda prevista, si su proyecto requerirá contar o no con estacionamientos”, subrayó Guido Valdivia, director ejecutivo de Capeco.
El Plan Maestro del Centro Histórico de Lima señala que esta zona tiene una población de 125,265 habitantes, pero con tendencia a una evolución negativa en los últimos años.
“Hay zonas del Centro de Lima que se han convertido en tierra de nadie. Por eso será importante promover una repoblación ordenada, pues ayudará a consolidar la economía de estos lugares y recuperar el Centro de Lima”, refirió Valdivia.
Si bien el ejecutivo respalda la norma, sugiere evaluar la referencia a vivienda social para que no solo se consideren los proyectos incluidos en el Fondo Mivivienda, sino que se defina un tope de precio de venta y también puedan acceder al beneficio los proyectos financiados netamente por la banca privada.
“Si se busca promover la vivienda social, esta debe ser definida por un tope de precios, y no por su inclusión en el Fondo Mivivienda. El promotor cuando construye no sabe si las viviendas serán vendidas bajo Mivivienda, y a veces le faltan recursos a este fondo”, señaló.
“Hay veces en que el cliente busca adquirir con un crédito tradicional antes que Mivivienda, para acceder a una menor tasa de interés, pero si el beneficio de construcción solo es para Mivivienda, se le estaría forzando a la persona a tomar un crédito Mivivienda más caro. Por eso la flexibilidad de construcción debería estar en función al precio y no en función a quién financia, sino se puede complicar el alcance de la norma y la ejecución de los proyectos”, remarcó.
Por otro lado, Valdivia refirió que en la mayoría de distritos la normativa señala que se debe construir un estacionamiento por cada tres departamentos, pero se podría evaluar modificar esta cifra según la demanda de cada zona.
“Un estacionamiento por tres unidades me parece lo más razonable. No se puede ir al extremo de un distrito que exige dos estacionamientos por cada departamento, esa regla en realidad busca que ya no hayan más proyectos inmobiliarios”, anotó.