Comisión especial de la JNJ dio a conocer este lunes a los candidatos elegidos para integrar dicha institución. (Foto: Manuel Melgar / GEC)
Comisión especial de la JNJ dio a conocer este lunes a los candidatos elegidos para integrar dicha institución. (Foto: Manuel Melgar / GEC)

La Comisión Especial encargada del proceso de selección y nombramiento de los integrantes de la nueva Junta Nacional de Justicia (JNJ) publicó el cuadro de méritos que contiene los resultados finales obtenidos por los postulantes en cada etapa del concurso público.

Es preciso señalar que de los 29 postulantes que lograron pasar a la etapa de Entrevista Personal, 4 no alcanzaron puntaje aprobatorio en dicha fase, por lo que fueron considerados No Aptos.

Por esta razón, y conforme con lo establecido en las bases del concurso, esos 4 postulantes no fueron incluidos en el cuadro de méritos, última etapa del proceso de selección para la JNJ.

En orden de méritos, los siete miembros titulares son: Aldo Vásquez Ríos, José Ávila Herrera, Luz Inés Tello de Ñecco, María Zavala Valladares, Imelda Tumialán Pinto, Marco Tulio Falconí Picardo y Antonio Humberto de la Haza Barrantes.

Como integrantes suplentes quedaron Guillermo Thornberry Villarán, Abraham Siles Vallejos, Mónica Rosell Medina, Jaime de la Puente Parodi, María Tello Leyva, Jorge Calderón Castillo y Jacinto Rodríguez Mendoza.

La Comisión Especial también informó que el acto de juramentación de los miembros titulares de la primera Junta Nacional de Justicia se llevará cabo el próximo 6 de enero de 2020, de acuerdo con el cronograma del concurso.

La Junta Nacional de Justicia tiene entre sus funciones nombrar y ratificar a jueces, fiscales, y a jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (Reniec) probos y competentes.

Una vez instalada deberá destituir a los que transgredan sus responsabilidades, a través de procesos justos y transparentes, para contribuir con el fortalecimiento de la administración de justicia y la institucionalidad de la democracia.