"En este caso lo que pasa es que a veces se confunde o se malentienden los procedimientos y sobre todo la parte de índole administrativa", señaló Zeballos (Foto: GEC / Video: Canal N)
"En este caso lo que pasa es que a veces se confunde o se malentienden los procedimientos y sobre todo la parte de índole administrativa", señaló Zeballos (Foto: GEC / Video: Canal N)

Mañana el ministro de Justicia, , será interpelado por el Pleno del Congreso. El integrante del Poder Ejecutivo, y también congresista de la Bancada Liberal, deberá responder las interrogantes de los parlamentarios, respecto al acuerdo de colaboración que se firmó con la constructora .

Así como su vínculo con el procurador ad hoc para el caso Lava Jato, Jorge Ramírez, el monto del pago de indemnización que deberá pagar la constructora, entre otras.

A continuación las 21 preguntas que deberá responder:

1. ¿Cuál es la relación funcional que tiene usted, en su condición de ministro de Justicia con el procurador ad hoc para el caso Lava Jato, Jorge Miguel Ramírez Ramírez?

2. ¿Conoce usted las actividades del procurador y hace seguimiento regular de estas, sobre todo en lo que respecta al caso Lava Jato, habida cuenta que su condición de caso emblemático de corrupción en el Perú?

3. Si, en lo que respecta a la reparación civil que debe pagarla empresa Odebrecht al Estado peruano, ¿usted conoce que el actual procurador ad hoc, hace un año, realizó un estimado indemnizatorio de 3,468 millones de soles sustentados solo en el valor de tres obras ejecutadas por Odebrecht y que sólo por el caso Gasoducto Sur Peruano se estimó una reparación ascendente a 1,482 millones de soles?

4. ¿Es cierto que en el Acta de Acuerdo Preparatorio de Colaboración y Beneficio suscrito por el procurador o con la empresa Odebrecht se ha establecido por concepto de reparación civil un monto ascendente tan solo a 610 días millones de soles?

5. Detalle usted cuál ha sido la fórmula para calcular el monto de la reparación civil y los criterios aplicados para el cálculo por el procurador, funcionario dependiente de usted en su condición de Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

6. ¿Por qué se rebajó la reparación civil inicialmente estimada por la Procuraduría ad hod y cuyo monto se calcula tomando como base el presunto perjuicio ocurrido solo en tres contratos con la empresa Odebrecht, ¿cuáles fueron las razones técnicas para hacerlo?, ¿se equivocó el procurador ad hoc?, fue así un grave error del procurador se le retiro del cargo?

7. ¿Cómo explica usted que el procurador ad hoc para el caso Lava Jato haya declarado en medios de comunicación que la estimación de la reparación civil se ha efectuado en el marco de lo establecido en la ley 30737 y que en el texto de acta de acuerdo preparatorio de colaboración y beneficios aparezca una aseveración contraria que precisa que al haberse considerado eximir de los alcances de la ley citada y atendiendo a la capacidad del pago de la empresa colaboradora la Procuraduría y la persona jurídica colaboradora acuerdan que el monto es de 610 millones de soles como pago de reparación civil que serán pagados en 15 cuotas anuales?

8. ¿Por qué en el acta de Acuerdo Preparatorio de Colaboración y Beneficios solo se han considerado cuatro casos específicos: el Tren Eléctrico, la carretera Interoceánica Sur tramo 2 y 3, Costa Verde Callao y vía de Evitamiento Cusco, y no se han considerado otros contratos celebrados entre el Estado peruano y la empresa Odebrecht en los cuales existen indicios de la Comisión de Delitos y Perjuicio Económico al Estado tales como los que expuso el informe final de la Comisión Lava Jato del Congreso de la República?

9. ¿Por qué en el acta de acuerdo preparatorio de colaboración y beneficios no se ha considerado, por ejemplo, el caso de proyectos Vías Nuevas de Lima a cargo de la empresa Rutas de Lima de propiedad de Odebrecht contrato fue suscrito durante la gestión de la exalcaldesa Susana Villarán y que motivó una denuncia penal que fue conocida por la fiscal Hamilton Castro, titular de la Fiscalía Supraprovincial corporativa especializada en delitos de corrupción de funcionarios, quien en su oportunidad abrió investigación preliminar y cuya carpeta fiscal fue entregada al equipo especial para el caso lava jato del Ministerio Público dirigido por el fiscal superior Rafael Vela Barba? Hecho que además ha sido corroborado por el propio fiscal Barba en declaraciones realizadas en el programa Panorama el domingo 27 de enero del presente año.

¿El procurador ad hoc desconocía de la existencia de este caso o se le dieron instrucciones para apartar de la negociación del acuerdo de colaboración eficaz a este caso?.

10. Es cierto que, con conocimiento del procurador ad hoc para el caso Lava Jato, la Fiscalía ha recibido -antes de firmar el acuerdo de colaboración eficaz- información del gobierno suizo relacionado a un soborno de 10 millones de dolares de la Interoceánica Norte y que esa información comprende los nombres de los expresidentes de la República y funcionarios corruptos, así como los números de las cuentas de los paraísos fiscales a los que fueron transferidos los sobornos.

11. Si se tuvo información concreta sobre el soborno de la empresa Odebrecht para ganar la licitación de las obras Iirsa Norte, ¿por qué no fue incluida en las negociaciones del denominado Acuerdo Preparatorio de Colaboración y Beneficio suscrito por el procurador ad hoc el fiscal a cargo de las investigaciones y la empresa Odebrecht?

12. ¿Por qué se ha aceptado que la empresa Odebrecht, filial Perú, se encuentra en condición deficitaria si cuenta con un patrimonio valorizado en aproximadamente 2,500 millones de dolares con cuya venta pueden superar cualquier problema financiero temporal e incluso pagar la reparación civil al estado?, ¿cuáles han sido los argumentos técnicos para dar por cierta la limitada capacidad del pago de la empresa?

13. Puede usted precisar qué criterios ha empleado la Procuraduría para estimar y conceder el pago fraccionado de la reparación civil.

14. Puede usted precisar qué criterios ha empleado la Procuraduría para estimar y conceder un plazo de 15 años para el pago de la reparación civil.

15. ¿Por qué pese a las prácticas delictivas de la empresa aceptadas por sus directivos ante la justicia norteamericana brasileña y ante las autoridades fiscales peruanas se acepta que se continúe celebrando contratos con el Estado peruano? ¿Se pretende acaso facilitarles ganancias que les permitan pagar la reparación civil con nuestro propio dinero?

16. Se conoce que la empresa Odebrecht ha interpuesto demandas arbitrales recientemente tal es el caso del Gasoducto Sur en el que hay arbitrajes planteados por 2000 millones de dólares ante el ducado de Luxemburgo y otros 500 millones de dólares ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a inversiones - Ciadi. Asimismo, se habrían interpuesto otras demandas arbitrales por más de 1000 millones de dólares en el caso de la hidroeléctrica de Chaglla y por la suma de 2000 millones de dólares respecto a las obras de la hidroenergético Olmos y el proyecto de Irrigación chavimochic III.


¿Es verdad que la empresa Odebrecht ha interpuesto las demandas arbitrales referidas a las sumas indicadas?

17. ¿Qué otras demandas arbitrales que se encuentren en trámite a interpuesto la empresa en cuestión contra el estado peruano?

18. ¿Por qué no se incluyó entre los términos del Acta de Acuerdo Preparatorio de Colaboración y Beneficio suscrita con la empresa Odebrecht la obligación de esta para desistirse en todos los procesos judiciales y arbitrales que hubiera iniciado y se encuentren en trámite en contra del Estado peruano?

19. Usted y el presidente de la República, como titulares del Ministerio de Justicia y del Poder Ejecutivo, conocieron y autorizaron al procurador ad hoc a suscribir el Acta de Acuerdo Preparatorio de Colaboración y Beneficios con la empresa Odebrecht en los términos en que se conoce?

20. ¿Por qué en lugar de suscribir el denominado Acta de Acuerdo Preparatorio de Colaboración y Beneficios no se evalúa e impulsa la intervención de la empresa y el embargo de sus activos para cautelar el pago de la reparación civil por el daño causado al Estado peruano. ¿Por qué se conceden privilegios excepcionales que favorecen la impunidad para una empresa y sus ejecutivos que han protagonizado el caso más grande de corrupción en la historia del Perú?

21. Si el proceso de extradición del expresidente Alejandro Toledo se inició en mayo del año pasado, hace ya ocho meses, luego de que en febrero del 2017 se pidió su prisión preventiva por los sobornos ascendientes a 20 millones de dólares que recibió de la empresa Odebrecht, según declaración del propio Marcelo Odebrecht para adjudicarse las obras de la carretera Interoceánica Sur en los tramos 2 y 3, ¿cuál es la razón por la cual hasta ahora no se han designado un abogado que represente el estado peruano en el proceso de extradición del señor Toledo en Estados Unidos?