En adelante, los municipios y los gobiernos regionales cobrarán un papel protagónico en la lucha contra la criminalidad.

Ahora deberán mejorar su cooperación y coordinación con la Policía, pues de lo contrario, alcaldes y gobernadores serán sancionados.

Al amparo de su provisional facultad legislativa, el Ejecutivo emitió el Decreto Legislativo N°1316 que modifica cuatro artículos de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (N° 27933). La norma fue publicada en el diario oficial.

Los cambiosAntes de las respectivas modificaciones, los alcaldes y gobernadores si bien tenían la labor de formular y evaluar los planes de no se precisaba funciones complementarias ni se establecía un seguimiento del cumplimiento de metas ni menos se daba cuenta de sanciones. Pero ahora, si estas autoridades no cumplen con las tareas encomendadas para fortalecer la lucha contra la delincuencia, serán suspendidos por 30 días calendario.

Y en torno al monitoreo de las metas, los titulares de los comités de seguridad ciudadana, tanto distritales, provinciales como regionales, deben informar del cumplimiento de metas alcanzadas cada tres meses al (Conasec).

Estos comités están encargados de formular y evaluar los planes, programas, proyectos y directivas de , así como ejecutarlos en sus respectivas jurisdicciones.

Cooperación policialLa norma resalta que a la Policía le corresponde informar las deficiencias de infraestructura de la respectiva jurisdicción, siempre que dificulten las labores de combate contra la criminalidad. Así también, debe integrar la información con los municipios sobre las zonas donde se concentran focos de comisión de delitos.

A la vez, los efectivos policiales deben colaborar en las tareas de prevención.

Se subraya que a la Policía le corresponde programar capacitaciones al personal de serenazgo, así como en el uso de armas letales y no letales.

FinanciamientoUn dato a resaltar es que los cambios a la norma no implican la entrega de recursos adicionales.

"La implementación de lo dispuesto se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar mayor recursos adicionales del Tesoro Público", resalta el Decreto Legislativo N°1316.