El Reniec adoptó diversas medidas ante Estado de Emergencia por la propagación del coronavirus (Covid-19). (Foto: Mario Zapata / GEC)
El Reniec adoptó diversas medidas ante Estado de Emergencia por la propagación del coronavirus (Covid-19). (Foto: Mario Zapata / GEC)

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) estableció que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) debe remitirle la Lista del Padrón Inicial para el proceso de Elecciones Generales 2021 y Elección de representantes peruanos ante el Parlamento Andino a más tardar el 4 de mayo de 2020.

La remisión de esta información debe efectuarse en formato electrónico e incluir, entre varios puntos contenidos como: Grupo de votación, con su respectivo ubigeo; domicilio actual; ubigeo y domicilio de procedencia (anterior al cambio), nombres de los padres, etc.

El padrón electoral cerrado deberá ser remitido al JNE para su fiscalización y posterior aprobación, para lo cual se desarrollarán actividades fiscalizadoras de la elaboración del padrón que corresponden a este organismo electoral.

“Es del caso precisar que, debido a las condiciones sanitarias que viene afrontando el país por la pandemia extendida a nivel mundial por la propagación del virus Covid-19, las actividades de fiscalización deberán desarrollarse respetando las disposiciones sanitarias y de seguridad que imparta el Gobierno Nacional”, señala la norma.

Añade que eso “implica reforzar y privilegiar la labor fiscalizadora de gabinete que se efectúa sobre la información contenida en el padrón electoral, y reservar el desplazamiento de personal a nivel nacional solo a los casos en que la verificación de la información se estime estrictamente necesaria, siempre que ello no constituya un riesgo de afectación de la seguridad y salud de la población y de los colaboradores de esta institución, y en tanto se cuente con los respectivos recursos”.

Como se recuerda, mediante Resolución Jefatural Nº 000047-2020/JNAC/RENIEC publicada el 10 de abril de 2020, el Reniec dispuso el cierre del Padrón Electoral el 11 de abril, para efecto del desarrollo de las Elecciones 2021.

La disposición se sustenta en lo previsto en la Ley Orgánica de Elecciones, según el cual el padrón electoral se cierra 365 días antes de la fecha de la elección, la que, de conformidad con el artículo 16 de la misma ley, se realizará el 11 de abril de 2021.

Resolución emitida por el JNE sobre las Elecciones 2021. (Foto: Difusión)
Resolución emitida por el JNE sobre las Elecciones 2021. (Foto: Difusión)

Cabe indicar que el pasado 14 de abril el presidente Martín Vizcarra consideró necesario que las elecciones presidenciales se realicen en abril del 2021, tal como está establecido en el calendario electoral.

No obstante, el mandatario deslizó la posibilidad de postergar las elecciones primarias de los partidos, previstas para este año, debido a la pandemia del coronavirus (Covid-19), aunque remarcó que para ello resulta necesario llegar a un consenso con la clase política.

Pese a este escenario, el jefe de Estado aseguró que “las elecciones generales se tienen que llevar a cabo en abril del 2021 porque el problema ya estará superado en ese momento” y aprovechó para reiterar que no participará en esos comicios.

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