El juez del 43° Juzgado Penal para Procesos Reos Libre de la , Arnaldo Sánchez, declaró improcedente el recurso de Hábeas Corpus presentado para liberar al expresidente .

Este recurso fue presentado por Keiko Sofia Fujimori Higuchi contra los magistrados que integraron la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República y los magistrados que formaron la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia.

La iniciativa de la lidereza de Fuerza Popular a favor de su padre era en defensa de sus derechos fundamentales y solicitaba se investigue a los denunciados quienes, según el pedido, con una conducta arbitraria y poco diligente, habían violentado los derechos constitucionales de Alberto Fujimori.

Dicha conducta habría generado la "irregular" expedición de la sentencia de fecha 7 de abril del 2009 y la sentencia de fecha 30 de diciembre del 2009, emitidas por las salas supremas antes mencionadas.

Luego de analizar el petitorio, el juez Arnaldo Sánchez consideró que no se ha vulnerado derecho alguno de Alberto Fujimori, referido al derecho a la libertad y conexos.

"Por consiguiente, dato que lo solicitado por Keiko Fujimori en la demanda a favor de su padre no está referido al contenido constitucionalmente protegido por el hábeas corpus, declarando la improcedencia de la misma", dice el comunicado de la Corte Superior de Lima.