Esta medida se da en concordancia con el artículo 30 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo. (Foto: Mincul)
Esta medida se da en concordancia con el artículo 30 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo. (Foto: Mincul)

El ordenó aprobar el acceso gratuito de las personas con discapacidad a los museos y establecimientos administrados por dicho sector en el territorio nacional.

En orden con la , refrendado por la ministra Leslie Urteaga Peña, se encarga la aprobación del plan de medidas para fortalecer la accesibilidad de las personas con discapacidad, a la Dirección General de Museos, en un plazo máximo de 30 días hábiles.

Esta medida se da en concordancia con el artículo 30 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, la cual debe establecer “el mecanismo de mejora de la infraestructura y accesibilidad en los museos y museos de sitio a las personas con discapacidad”.

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La norma también señala que es necesario promover el derecho de las personas con discapacidad, así como el Estado tiene el encargo de asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos de las personas con discapacidad.

En esa línea, también se exige que estas personas puedan tener acceso a lugares en donde se ofrezcan representaciones o servicios tales como teatros, museos, cines, bibliotecas y servicios turísticos y, en la medida de lo posible, tengan acceso a monumentos y lugares de importancia cultural nacional.

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