Con 101 votos a favor, 2 en contra y 3 abstenciones, el Congreso de la República del Perú aprobó el miércoles incrementar los días por licencia por paternidad. Ahora, el padre de familia podrá tener 15 días, de los cuales, 10 serán remunerados por el empleador y cinco por EsSalud. ¿Cuáles son las implicancias que trae consigo esta ampliación?
Precisiones de la licencia por paternidad
Jorge Durán, director comercial de Nómina en Rankmi, indicó para Gestión que la ampliación del tiempo de la licencia de paternidad se da con el objetivo de que el “padre pueda adaptarse y ayudar con los quehaceres a la madre”.
Inicialmente, el padre contaba con cuatro días hábiles de licencia, luego se amplió a 10 días calendario y ahora se les brindará 15 días calendario. Juan Valera, asociado senior encargado del área laboral en MOAR Abogados, considera que “es posible que, a largo plazo, se busque una homologación con la licencia por maternidad, aunque es un poco complicado porque esto conlleva la modificación de varias normas”.
Los primeros 10 días serán pagados por el empleador, mientras que los días posteriores serán subsidiados por EsSalud. No obstante, se debe tener en cuenta lo siguiente:
EsSalud subsidia las licencias cuando “hay una incapacidad temporal en el trabajo, o hay una condición que no le permite al trabajador cumplir con sus funciones”, precisa Valera.
En el caso de la madre, no puede trabajar porque está cuidando la vida del bebé y se encuentra descansando posterior al parto; sin embargo, en la licencia de paternidad se presenta una figura diferente.
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Casos excepcionales en la norma
El trabajador debe solicitar la licencia por paternidad a su empleador con 15 días de anticipación; teniendo en cuenta la fecha probable de parto. Para ello, debe presentar un certificado médico escrito por un médico colegiado.
Existen tres oportunidades para solicitar la licencia de paternidad:
- Tres días antes a la fecha de parto, por si hay riesgos con el nacimiento.
- A partir del día en el que el hijo o hija nace.
- Cuando la madre y el recién nacido son dados de alta del centro médico.
En caso de que el bebé sea prematuro, o se presente un embarazo múltiple, la licencia de paternidad se ampliará de 20 a 25 días.
Si se trata de la adopción de un recién nacido, la solicitud se realiza por la licencia de adopción. El plazo será por 30 días, desde que se realiza la adopción. Cabe precisar que ello aplica a los padres de familia que adopten a niños desde los 0 a los 12 años de edad, explica Jorge Durán.
Para este caso, si los trabajadores que solicitan la licencia son cónyuges o integrantes de la unión de hecho, este beneficio será otorgado a ambos; sin embargo, Valera cuestiona que “se debió incluir el derecho al subsidio para esa etapa, pues el empleador asume ese costo sin derecho a obtener un reembolso por ello”, cuestiona Valera.
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Sanciones a la empresa que no otorga la licencia de paternidad
La empresa que se niega a otorgar el beneficio será sancionada y multada por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), ya que es una infracción considerada muy grave en materia de relaciones laborales. La multa que se aplicará dependerá del tipo de empresa que es y la cantidad de trabajadores afectados.
En cuanto a la producción de la empresa, Jorge Durán considera que otorgar la licencia de paternidad no perjudica las cifras diarias; por el contrario, este beneficio podría impulsar la motivación del trabajador.
“El hecho de que cumplan más horas laborando no quiere decir que sean más productivos. Evidentemente, hay que coordinar, organizar previamente cómo se va a atender las tareas de este colaborador que estará ausente; pero no hay que verlo como una baja de productividad. Por el contrario, puede ayudar a mejorar el clima laboral y eso sí ayuda a la productividad”, explica el profesional.
Por su parte, Juan Valera considera que esta licencia es necesaria para repartirse las responsabilidades entre la pareja tras el nacimiento del hijo; sin embargo, “habría sido conveniente que EsSalud asuma la licencia en su totalidad, mediante la figura del subsidio y no con el esquema aprobado (10 días asume el empleador y 5 días asume EsSalud); con ello, se podría reducir la carga económica al empleador formal”.
Periodista. Bachiller en la Universidad San Martín de Porres con experiencia en medios digitales. Actualmente, me desempeño como Redactora Web en Gestión con gran interés en temas económicos y las finanzas.
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