(Foto: Agencia Andina)
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El Gobierno presentó al Congreso el proyecto de ley N° 1415/2021-PE, ‘Ley que asegura la devolución inmediata de los aportes al ’.

La iniciativa legislativa precisa que la devolución comprende el aporte de los trabajadores dependientes a quienes les descontaron de sus remuneraciones, así como el aporte de los trabajadores independientes.

“La devolución de los aportes al no podrá superar la totalidad de recursos recaudados a los trabajadores, actualizados con la tasa de interés legal efectiva”, subraya el proyecto de ley.

La devolución de aportaciones al Fonavi se financia con los recursos recuperados de dicho Fondo, sin demandar recursos al Tesoro Público, agrega.

El monto a devolver al fonavista es el producto de multiplicar los periodos reconocidos por el nuevo valor de cada periodo mensual; este último es el resultado de dividir el total de los recursos efectivamente recuperados por la Comisión Ad Hoc, entre el resultado de la multiplicación de la cantidad de potenciales beneficiarios registrados y el promedio de periodos aportados, a la fecha de promulgación de la presente ley.

También se dispone la construcción de la Cuenta Individual de aportes efectivamente realizados por los fonavistas, de manera actualizada.

Los empleadores públicos y privados deberán remitir a la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc, la información con los periodos y montos aportados al Fonavi por sus trabajadores; de manera complementaria, el fonavista podrá presentar documentación supletoria que sirva para acreditar sus aportes realizados.

“En tanto se culmine con la construcción de la Cuenta Individual que establezca el monto total a devolver, se procederá con la Devolución Inmediata prevista en el artículo 5, como pago a cuenta. En caso exista diferencia entre ambos montos, se considerará como devolución aquella que le sea más favorable al fonavista”, subraya la propuesta.

El ministro de Economía y Finanzas, Óscar Graham, informó esta semana que el promedio en la devolución sería de entre S/ 420 y S/ 700, lo cual demandaría unos S/ 6,684 millones.

La iniciativa legislativa también señala que de aprobarse la ley, en 60 días tras su publicación el Poder Ejecutivo aprobará el Plan Operativo, normas complementarias y normas para el funcionamiento de la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad hoc, para la implementación de la presente Ley.

Para conocer a detalle el proyecto de ley del Ejecutivo, a continuación presentamos el documento en su integridad:

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