Heladas y friaje. (Foto: USI)
Heladas y friaje. (Foto: USI)

“Declárese el en distritos de algunas provincias de los departamentos de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Pasco, Puno y Tacna, por el plazo de 60 días calendario, por impacto de daños a consecuencia de heladas y nevadas”, indica la norma publicada hoy.

En el Decreto Supremo establece que dicha disposición permitirá la ejecución de medidas y acciones de excepción inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Acciones a ejecutar


Precisan que los gobiernos regionales y locales involucrados, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), y la participación de los ministerios ejecutarán las medidas y acciones de excepción inmediatas y necesarias destinadas a la respuesta y rehabilitación en las zonas afectadas, las que deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y evento.

“Podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes”, sostiene.

Financiamiento


La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.