La Línea 2 del Metro de Lima es una de las obras de infraestructura que supervisa Ositran.  (Foto: Difusión | MTC)
La Línea 2 del Metro de Lima es una de las obras de infraestructura que supervisa Ositran. (Foto: Difusión | MTC)

Asesor en Dirección Estratégica de OSITRÁN

En los tiempos actuales se habla mucho del “modelo económico” y de su contribución al buen desempeño macroeconómico y la reducción de la pobreza en el Perú. Y sin perjuicio de que existe espacio para realizar ajustes que permitan mejorar la situación actual en sectores como salud, educación y otros, también existe consenso en el papel fundamental que cumple la inversión privada para el desarrollo de la infraestructura del país, y en la necesidad de promoverla. En este esfuerzo, los cumplen un papel fundamental, como entes técnicos e independientes, y es por ello que son utilizados en todos los países desarrollados. Por este motivo, hoy más que nunca es importante conocerlos, y conocer su papel en el ordenamiento económico del país. En este artículo, comentaremos sobre las razones por las que existen los OR, y los beneficios que generan para la sociedad.

¿Por qué existen los OR?

Está ampliamente documentado que la infraestructura (las carreteras, torres de trasmisión eléctrica, redes de agua potable, antenas de celulares, puertos, aeropuertos, etc.) es un componente fundamental para el crecimiento económico y el desarrollo, en especial en economías emergentes y en los países menos desarrollados. Por ello, se suele prestar mucha atención a las brechas de infraestructura, es decir, a la diferencia entre la infraestructura que se necesita y la que está disponible. En el 2019, el Plan Nacional de Infraestructura estimó que la brecha de infraestructura de corto plazo ascendía a 117 mil millones de soles, y la de largo plazo, a 363 mil millones de soles.

En una situación como la descrita, es evidente (o debería serlo) que el cierre de estas brechas no puede ser tarea exclusiva del Estado. ¿Por qué? En primer lugar, porque el Estado no cuenta con suficientes recursos, y en segundo lugar porque, incluso si los tuviera, no sería deseable que fueran destinados en exclusiva a estas inversiones, dado que hay otras grandes necesidades sociales que demandan recursos públicos. En consecuencia, se hace necesario el concurso de la inversión privada para acelerar el proceso de cierre de brechas de infraestructura, así como adelantar la materialización de los beneficios que lo acompañan.

Las empresas que invierten en infraestructura pública, entonces, se convierten en socios estratégicos del Estado, y establecen una relación de largo plazo -plasmada en contratos de concesión-, mediante la cual se comprometen, entre otros aspectos, a financiar y ejecutar un conjunto de inversiones para el desarrollo de la infraestructura. Esta relación es mutuamente beneficiosa, y debe estar basada en la confianza. Pero, como sabemos, la confianza toma tiempo en construirse, y además, no se genera únicamente a través de las palabras, sino que debe estar respaldada en acciones que ofrezcan a estos socios señales de que la otra parte cumplirá con sus obligaciones y compromisos, y que las reglas que gobiernan esta sociedad no serán cambiadas unilateralmente.

Los OR contribuyen a generar esa confianza. ¿Cómo? A través de su diseño institucional, que les otorga cierto nivel de autonomía frente al poder político, y acota y limita la discrecionalidad de su actuación. Así, por ejemplo, los Consejos Directivos de los OR -cuyos miembros son seleccionados por concurso público- garantizan decisiones colegiadas debidamente motivadas, y las decisiones que toman en materia tarifaria, por ejemplo, pueden tomar en cuenta el puntOde vista del ministerio correspondiente, pero también la de los inversionistas (llamados concesionarios) y los usuarios, mediante procedimientos técnicos, transparentes y conocidos por todos.

¿Qué obtiene la sociedad de los OR?

La concepción de los OR tiene una base en la teoría económica, la cual, a partir del concepto de los monopolios naturales (situaciones en las que, debido a sus menores costos unitarios, resulta socialmente deseable que toda la demanda de un mercado sea atendida por una sola empresa), plantea la necesidad de que estos monopolios sean sujetos a regulación tarifaria, es decir, que la fijación y actualización de las tarifas por los servicios que se brinda utilizando infraestructura calificada como esencial se realice utilizando una metodología y criterios técnicos pre-establecidos, que aseguren un adecuado retorno a la inversión (la cual, recordemos, sólo se recupera en el largo plazo) y simulen -en cierto modo- el resultado que podría obtenerse en un mercado competitivo. Adicionalmente, mediante la labor supervisora, se asegura el cumplimiento de las obligaciones contractuales de los concesionarios, tanto en lo referido a sus compromisos de inversión como a los niveles de servicio establecidos. Asimismo, se protege los derechos de los usuarios resolviendo sus reclamos y brindándoles información y orientación. Todo esto en un marco de profesionalismo, transparencia, rendición de cuentas y vocación por la excelencia en los servicios.

Finalmente, es pertinente señalar que, además de los importantes aspectos de diseño que caracterizan a los OR, todos ellos cuentan con una trayectoria de más de veinte años que, con inevitables altas y bajas, brinda certidumbre a los agentes de los mercados en los que operan, respecto de sus pautas de conducta y los criterios sobre los cuales basan sus decisiones. Todo ello es muy valioso para las perspectivas de la inversión privada en el país. Por todo ello, resulta importante que el presente quinquenio permita consolidar el modelo de los OR, en beneficio del bienestar de los ciudadanos y la competitividad del país.