Experta en reforma normativa
El 2007 se aprobó la Ley 29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones. La ley presuponía que la falta de infraestructura, en especial, en zonas rurales y de frontera, se debía a que los gobiernos locales imponían barreras en la tramitación de las solicitudes de las empresas de telecomunicaciones. Como respuesta, se estableció un mecanismo de simplificación que luego, en el 2014, derivó a un régimen de aprobación automática de solicitudes, bajo la hipótesis de que esta medida eliminaría barreras de entrada y fomentaría la inversión privada.
Luego de 16 años de vigencia, ¿la ley cumplió con su objetivo? Esta misma pregunta se la formularon un grupo de egresados de la Escuela de Gestión Pública de la Universidad del Pacífico (Thierry Miranda, Diego Rodríguez y Danae Rondoy). Bajo la orientación de la profesora Karina Montes, realizaron una evaluación de los efectos de la ley –evaluación ex post– enfocada en las provincias fronterizas de Mariscal Ramón Castilla, Datem del Marañón y sus distritos en la región Loreto.
Si bien existió un alza en la cantidad de infraestructura desde el año de promulgación de la norma al 2022, esta sigue siendo insuficiente para brindar un óptimo servicio de telecomunicaciones en la región. No solo existe una baja cantidad de antenas por habitante, sino también una deficiente calidad en la señal. Según Osiptel, el déficit de infraestructura de telecomunicaciones construida es de 104%.
A partir de la evaluación ex post realizada sobre doce municipalidades, se identificó que tres municipalidades cumplieron con la norma y establecieron procedimientos de aprobación automática para la aprobación de permisos y/o autorizaciones para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones; no obstante, no vieron mejoras, es decir, no se instaló más infraestructura en sus localidades, por lo que el mecanismo de la ley no surtió los efectos esperados. De otro lado, en las municipalidades que no cumplieron con adecuarse a la ley, se construyó infraestructura a pesar del incumplimiento. Cabe señalar, empero, que la falta de adecuación a las normas pudo generar desincentivos para un mayor despliegue de infraestructura.
Así, la evaluación ex post permitió verificar que la medida propuesta por la ley no incidió en la cantidad de infraestructura de telecomunicaciones construida en Loreto, por lo que esta medida no ha sido eficaz en los 16 años que ha estado vigente. Además, se identifica que la decisión de invertir en infraestructura en estas localidades no se determina por el procedimiento a seguir en las municipalidades, sino por el tamaño de la localidad o cantidad de pobladores, aspectos puramente económicos.
En el Perú no se realizan evaluaciones de los efectos que tienen las normas y ha habido momentos en los que algunas personas me han manifestado que no es posible. Esta investigación –y otras que están en curso– es un ejemplo que demuestra que sí es posible y necesario; por ello, es tan significativa.
La evaluación posterior en este caso debería motivar la reevaluación del problema; y este ejemplo debería gatillar otros análisis de normas que en su momento tuvieron buenas intenciones pero no han sido capaces de cambiar las cosas, ejemplos tenemos por montones. Siempre el dato mata el relato.