"A interpretar entonces adecuadamente este Acuerdo del Tribunal Fiscal, pues la presunción admitirá la prueba en contrario al ser una del tipo jurídico “juris tantum”, siendo que el derecho de defensa del contribuyente permanece incólume". (Foto: Difusión)
"A interpretar entonces adecuadamente este Acuerdo del Tribunal Fiscal, pues la presunción admitirá la prueba en contrario al ser una del tipo jurídico “juris tantum”, siendo que el derecho de defensa del contribuyente permanece incólume". (Foto: Difusión)

Catedrático de las Universidades del Pacífico, UPC y UCSUR. Director de la Maestría en Tributación de la UPC