Asociado y miembro del Comité de Diversidad del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez
Desde 1992, cada 3 de diciembre se conmemora el día mundial de los derechos de las personas con discapacidad. Mediante la instauración de esta fecha se buscó promover la reflexión sobre cuestiones de discapacidad, eliminar toda forma de discriminación y hacer un llamado a la sociedad a generar un mundo inclusivo.
Este año, al igual que el año pasado, la conmemoración se realizará en un contexto de pandemia, hecho que debe generar medidas específicas y particulares del Gobierno frente a las necesidades de las personas, más aún cuando se trata de poblaciones vulnerables.
Recordemos que en el Perú existe una norma destinada a la protección de los derechos de las personas con discapacidad, la Ley N° 29973; sin embargo, es necesario rescatar que, en el marco del COVID-19, en abril del año pasado se emitió una norma específica, el Decreto Legislativo N° 1468, destinado a asegurar el derecho a la seguridad y la protección de las personas con discapacidad ante los riesgos que presenta la enfermedad COVID-19. Por increíble que suene, se dictó una medida destinada a resguardar los derechos de las personas con discapacidad.
Entre las disposiciones más importantes están: (i) el acceso prioritario de las personas con discapacidad a suministros humanitarios o a cualquier otro recurso brindado por el Estado; (ii) las comunicaciones del gobierno vinculadas con la emergencia sanitaria deben proveerse en formatos y medios accesibles para las personas con discapacidad; (iii) licencia remunerada, con cargo a compensación, cuando la naturaleza de las labores del puesto de trabajo no sea compatible con el trabajo remoto; (iv) el acceso prioritario a la repatriación de las personas con discapacidad y los familiares o personas a cargo de su cuidado; (v) las salidas terapéuticas durante el tiempo que duró el confinamiento, para aquellas personas con discapacidades intelectuales o mentales; y (vi) la posibilidad de acreditar una discapacidad mediante una declaración jurada.
La emisión de estos planteamientos son un gran avance en el reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad. Sin embargo, aún hay aspectos que se pueden mejorar, como, por ejemplo: (i) la necesidad de cerrar la brecha de inscripciones en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, ya que actualmente, de acuerdo con Conadis, sólo un 10% de las personas con discapacidad se encontrarían inscritas en este Registro; o (ii) el mejoramiento del mobiliario urbano que permita mejor accesibilidad de las personas con discapacidad que se trasladan por las vías públicas.
Seguir avanzando en la regulación de los derechos de las personas con discapacidad nos permitirá seguir incluyendo a más personas en el desarrollo del país.