
Si durante la pandemia de COVID pagaste multas e intereses al Servicio de Impuestos Internos (IRS), ahora tienes la oportunidad de recuperar parte de ese dinero que te hizo falta. La vía es un reembolso que debía solicitarse antes de la medianoche del 10 de julio de 2026. Esta opción se habilitó después de una decisión de la justicia que cuestionó cómo el IRS manejó los plazos y vencimientos tributarios durante la emergencia sanitaria, aunque eso no implica que el dinero llegue de inmediato. Con el límite ya vencido, muchos contribuyentes que enviaron su solicitud se preguntan en qué momento verán el depósito y qué pasos faltan para que el pago se haga realidad; en esta nota te lo detallamos.

¿CUÁNDO DEPOSITARÁN EL REEMBOLSO POR COVID?
El reembolso todavía no tiene una fecha fija, pues dependerá de cómo termine el caso judicial que el IRS está apelando, así que puede tardar meses o incluso años. Cabe señalar que las reclamaciones que se presentaron hasta el 10 de julio de 2026 son “reclamaciones protectoras”; es decir, solo sirven para preservar el derecho a un posible reembolso.
Como el Gobierno y el IRS están apelando el fallo del caso Kwong, la agencia puede retener los pagos hasta que haya una decisión final de los tribunales.
El fallo del caso Kwong
El fallo del caso Kwong es una decisión de la Corte de Reclamos Federales de Estados Unidos que interpreta de forma amplia las reglas de alivio por desastre aplicadas durante la emergencia de COVID‑19.
- ¿Qué decidió el tribunal? El juez analizó la sección 7508A del código tributario y concluyó que, debido a la declaración federal de desastre por COVID, muchos plazos fiscales quedaron automáticamente suspendidos desde el 20 de enero de 2020 hasta el 10 de julio de 2023. Eso incluye fechas límite para presentar declaraciones, pagar impuestos y reclamar reembolsos, así como el cómputo de intereses y multas por pagos considerados “tardíos” en ese periodo.
- ¿Por qué favorece a los contribuyentes? Al decir que todo ese intervalo “debe ser descartado” al calcular si un acto se hizo a tiempo, el tribunal abrió la puerta a que personas que fueron multadas o se les cargó interés entre 2020 y 2023 puedan pedir que se revisen y, en algunos casos, se les devuelva ese dinero. En el caso concreto de Terry Kwong, el fallo estableció que su demanda de reembolso presentada en febrero de 2023 todavía era oportuna, porque el plazo se había extendido automáticamente hasta el 10 de julio de 2023.
Por qué el IRS lo está apelando
El IRS considera que el tribunal interpretó de forma excesiva la norma y que la suspensión de plazos no debería abarcar todo el periodo de la emergencia más 60 días, sino un lapso mucho más corto. La agencia y el Departamento del Tesoro han recurrido la decisión, y una corte superior podría confirmarla, limitarla o revocarla; hasta que eso ocurra, los posibles reembolsos vinculados al caso Kwong quedan en suspenso.

LO QUE FALTA PARA QUE SE CONCRETE EL REEMBOLSO POR COVID
Para que se haga realidad el reembolso falta que se resuelva definitivamente el litigio sobre si las multas e intereses cobrados durante la pandemia por COVID-19 fueron ilegales.
En el caso de que los tribunales fallen a su favor, el IRS debe revisar las reclamaciones presentadas (Formulario 843) y calcular cuánto corresponde devolver a cada contribuyente.
OJO: solo quienes hayan presentado la reclamación hasta el 10 de julio de 2026 conservarán el derecho a recibir un eventual reembolso; quienes no lo hicieron perderán esa posibilidad, incluso si el fallo final es favorable a los contribuyentes.






