
Para algunos venezolanos en Estados Unidos, el 2 de octubre de 2026 es una fecha importante porque ese día vence la validez de ciertos documentos relacionados con el Estatus de Protección Temporal (TPS), incluido el permiso de trabajo. Sin embargo, la fecha no aplica por igual a todas las personas que tuvieron o tienen TPS. Por eso, es fundamental verificar el Documento de Autorización de Empleo (EAD), el aviso de aprobación de USCIS y el formulario I-94 para confirmar si aún están vigentes, conocer los pasos que deben tomarse antes del vencimiento y evitar problemas para trabajar o demostrar la situación migratoria. A continuación, te explicamos quiénes deben comprobar sus documentos.

LOS VENEZOLANOS QUE DEBEN REVISAR SUS DOCUMENTOS
Este 2 de octubre no es una fecha que aplique automáticamente a todos los venezolanos que alguna vez tuvieron TPS. Por lo tanto, deben verificar su situación quienes se reinscribieron bajo la extensión anunciada en enero de 2025 y recibieron, a más tardar el 5 de febrero de 2025, documentos relacionados con el TPS —como el permiso de trabajo, el aviso de aprobación de USCIS o el formulario I-94— cuya fecha de vencimiento sea el 2 de octubre de 2026.
En otras palabras, la clave es revisar la fecha impresa en cada documento: solo quienes cuenten con documentación de TPS vigente hasta el 2 de octubre deben tomar esa fecha como referencia para su autorización de empleo y su protección temporal.
Luego deben organizar su expediente migratorio y buscar asesoría legal individual antes de que termine su autorización. No existe, por ahora, una extensión general anunciada después de esa fecha para este grupo.
Los documentos que debe revisar son:
- El Documento de Autorización de Empleo (EAD) —Formulario I-766—, normalmente con categoría A-12 o C-19, cuya tarjeta indique vencimiento el 2 de octubre de 2026.
- El Formulario I-797 (Notice of Action), que es la notificación de aprobación o extensión dl TPS enviada por USCIS.
- El Formulario I-94, el registro de entrada y salida que puede reflejar el periodo de TPS autorizado, también con fecha de vencimiento el 2 de octubre de 2026.
Tener un permiso de trabajo no basta por sí solo para demostrar protección migratoria: el EAD acredita autorización laboral durante su vigencia, mientras que el I-797 y/o el I-94 pueden servir para demostrar la aprobación y el periodo de TPS.

LO QUE DEBEN HACER ANTES DEL 2 DE OCTUBRE
1. REVISAR CADA DOCUMENTO. Confirmar la fecha de emisión, la fecha de vencimiento y que el documento esté vinculado al TPS de Venezuela. La fecha clave para los documentos protegidos es la emisión en o antes del 5 de febrero de 2025 y una expiración al 2 de octubre de 2026.
2. GUARDAR ORIGINALES Y COPIAS. Reúne el EAD, I-797, I-94, pasaporte, número A, constancias de inscripción o reinscripción al TPS, notificaciones de USCIS y comprobantes de domicilio. Conserva copias digitales seguras y no entregues originales salvo que una autoridad o empleador deba revisarlos.
3. HABLAR CON EL EMPLEADOR CON ANTICIPACIÓN. Si trabajas, entrega al área de recursos humanos la documentación vigente que compruebe tu autorización laboral hasta el 2 de octubre. El empleador debe verificar la elegibilidad de empleo mediante el Formulario I-9; no debe exigir documentos específicos más allá de los permitidos ni retener originales.
4. NO TRABAJAR CON UN EAD VENCIDO. Salvo que USCIS anuncie una prórroga automática, una nueva orden judicial o se obtenga una autorización laboral por otra vía, el permiso asociado a TPS deja de acreditar autorización para trabajar después del 2 de octubre de 2026.
5. REVISAR OTRAS VÍAS MIGRATORIAS CON UN ABOGADO O REPRESENTANTE ACREDITADO. Dependiendo del caso, puede haber una solicitud de asilo pendiente, una petición familiar, una visa por empleo, una visa U, VAWA, ajuste de estatus u otra protección. No todas las opciones aplican a todas las personas, y presentar solicitudes sin evaluación puede afectar el historial migratorio.
6. ACTUALIZAR DIRECCIÓN CON USCIS. Si tienes un caso pendiente, informa cualquier cambio de domicilio para recibir notificaciones. También revisa periódicamente tu cuenta de USCIS y los comunicados oficiales.
7. PREPARAR UN PLAN DE EMERGENCIA FAMILIAR Y LABORAL. Guarda contactos de un abogado o una organización reconocida, copias de tus documentos, información de tu empleador, poderes o autorizaciones necesarias para el cuidado de hijos y datos bancarios esenciales. No firmes formularios ni aceptes asesoría de “notarios” que no estén autorizados para ejercer leyes migratorias.
IMPORTANTE
Si no surge una extensión, orden judicial u otra base independiente para permanecer y trabajar, el vencimiento puede dejar a la persona sin la protección temporal contra la deportación y sin autorización laboral derivadas del TPS. Por eso conviene no esperar a la última semana para comprobar el estatus de los documentos o buscar orientación profesional.






