
La HB 967, aprobada por el gobernador Ron DeSantis, cambia la forma en que los habitantes de Florida deben realizar pagos a gobiernos locales por impuestos, multas, licencias y otros trámites. Más que un ajuste técnico, la norma impulsa la modernización de servicios municipales para millones de usuarios: imagina a una madre en Hialeah renovando la licencia de su negocio desde su celular o a un propietario en West Palm Beach pagando impuestos del condominio sin perder la mañana en una fila. Para la comunidad hispana —que en muchas ciudades del estado prefiere pagar con tarjeta o usar aplicaciones móviles— la ley promete menos desplazamientos a oficinas y más trámites resueltos desde casa. Eso sí: la puesta en marcha exigirá que los municipios inviertan en plataformas digitales y que los usuarios estén atentos a posibles recargos y a los mecanismos de verificación de pagos.
Sin embargo, la transición exigirá inversiones de municipios y precauciones sobre comisiones y verificación de pagos, por lo que conviene saber qué cambia exactamente, cuándo empieza a aplicarse y qué trámites pueden pagarse en línea.
¿QUÉ CAMBIA CON LA HB 967?
La principal modificación es que las unidades de gobierno local de Florida pasan de poder aceptar pagos electrónicos a estar obligadas a hacerlo, salvo que otra ley exija un método específico distinto. La HB 967 actualiza la sección 215.322 de los Estatutos de Florida y obliga a las entidades locales a aceptar los siguientes medios de pago:
| Método de pago | ¿Será obligatorio aceptarlo? |
|---|---|
| Tarjetas de crédito | Sí |
| Tarjetas de débito | Sí |
| Transferencias electrónicas de fondos (EFT) | Sí |
| Otros medios electrónicos permitidos por la ley | Sí, cuando correspondan |
La única excepción es cuando una disposición legal diferente señale un método obligatorio para un trámite concreto.
PAGOS EN LÍNEA OBLIGATORIOS
La HB 967 exige además que las entidades locales que acepten esos medios implementen la capacidad de recibirlos en línea. Es decir, no bastará con ofrecer pago en ventanilla: los municipios, condados y oficinas locales deberán contar con una opción digital que permita pagar desde una web o una app.
Esto impacta especialmente a oficinas que hoy dependen de pagos presenciales —por ejemplo, algunas oficinas de recaudación de impuestos en condados con alta población inmigrante— y crea la necesidad de modernizar plataformas para garantizar accesibilidad y seguridad.
¿QUÉ ENTIDADES DEBERÁN CUMPLIR LA NUEVA LEY?
La obligación alcanza a una amplia gama de organismos locales en Florida:
- Municipios
- Condados y juntas de comisionados
- Distritos especiales
- Gobiernos metropolitanos o consolidados
- Secretarios de los tribunales de circuito
- Sheriffs
- Tasadores de propiedades
- Recaudadores de impuestos
- Supervisores de elecciones
En la práctica, esto significa que buena parte de los trámites administrativos que realizan los residentes con las autoridades locales deberán ofrecer opciones de pago electrónico.

¿QUÉ TIPOS DE OBLIGACIONES PODRÁN PAGARSE?
La HB 967 incluye un listado amplio de obligaciones que las entidades locales deberán aceptar electrónicamente:
| Obligación | Incluida en la ley |
|---|---|
| Impuestos | Sí |
| Licencias | Sí |
| Multas | Sí |
| Sanciones civiles | Sí |
| Costas judiciales | Sí |
| Pagos ordenados por un tribunal | Sí |
| Otros ingresos establecidos por ley | Sí |
RECARGO POR COMISIONES
La norma permite que las entidades públicas cobren un recargo exclusivamente para cubrir las comisiones que generan las compañías de tarjetas, bancos o proveedores de pago electrónico. Es recomendable que los municipios informen con claridad si aplicarán ese cargo y cuánto será, para evitar sorpresas a los usuarios.
VERIFICACIÓN Y RESPONSABILIDADES
Los gobiernos locales seguirán obligados a verificar la validez de tarjetas o transferencias y a confirmar que haya fondos o crédito suficiente antes de completar la operación. La ley aclara que las entidades públicas no asumirán responsabilidad por las verificaciones realizadas ni por acciones posteriores derivadas de ese proceso.
¿CUÁNDO ENTRA EN VIGOR LA HB 967?
La ley ya fue promulgada por el gobernador y entra en vigor el 1 de enero de 2027. Desde esa fecha, los gobiernos locales de Florida deberán aceptar pagos electrónicos y ofrecer un sistema para recibirlos en línea, salvo cuando otra ley indique un método distinto.
¿QUÉ SIGNIFICA EN LA PRÁCTICA PARA LA COMUNIDAD HISPANA DE FLORIDA?
- Ahorro de tiempo: menos filas en oficinas en ciudades como Miami, Tampa o Orlando.
- Accesibilidad: trámites más sencillos para trabajadores que dependen del transporte público o que no pueden ausentarse del trabajo durante el día.
- Atención a comisiones: posibles cargos adicionales por usar tarjeta; conviene revisar la política del municipio.
- Brecha digital: algunos residentes mayores o sin acceso a internet podrían necesitar apoyos locales para usar las nuevas plataformas; los condados deberán planificar recursos de asistencia.
- Ejemplo cotidiano: si vives en Hialeah y debes pagar una multa de tráfico, podrás hacerlo por la web del municipio sin desplazarte hasta la oficina del sheriff.
RECOMENDACIONES PARA CIUDADANOS Y PEQUEÑOS NEGOCIOS
- Consulta la web oficial de tu condado o municipio antes del 2027 para saber cómo implementarán los pagos en línea.
- Guarda los comprobantes digitales y captura pantallas de las transacciones.
- Si te cobran recargo por comisión, compara con otras formas de pago; en algunos casos una transferencia electrónica puede ser más barata que usar tarjeta.
- Para organizaciones comunitarias que ayudan a adultos mayores, planifiquen talleres o guías en español para explicar los nuevos sistemas.







