Las obligaciones tributarias en el país son distintas y en el caso de inmuebles, se debe tener cuidado para evitar alguna sanción. Dentro de estas responsabilidades se encuentra el autovalúo y el impuesto predial. Conceptos importantes para ser un buen ciudadano.
¿Qué es el autovalúo?
El valor del autovalúo es la base imponible con la que se calcula el impuesto predial, esto sin considerar las deducciones establecidas respecto a dicho impuesto.
Cabe señalar que la declaración jurada de autovalúo es una declaración del contribuyente ante la Administración Tributaria Municipal de todos los predios. En dicho papel deben figurar las características de los bienes.
¿Qué criterios se observan en el valor del autovalúo?
- El valor arancelario del terreno donde se encuentra el inmueble
- Precios de la construcción
- Depreciación por antigüedad y estado de conservación.
¿Cuándo se realiza el pago del autoevalúo?
Este pago se da al siguiente año de adquirir un inmueble y cada 1 de enero. Sea rural o urbano, este se debe pagar en cada municipalidad.
En el caso de predios ubicados en el Centro de Lima, estos deben acudir al SAT.
Recuerda que la fecha puede estar fraccionada en 4 partes, pero la primera cuota se debe pagar hasta el 26 de febrero, las demás dependerá del mes que indique la municipalidad.
Declaración jurada del autovalúo
Este es un documento que se emite con el titular de la propiedad y donde se brindan las principales características del inmueble para que la municipalidad sepa cuánto cobrar por el predio.
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