Conoce qué días abarca el feriado largo por el 29 de junio (Foto: Pixabay)
Conoce qué días abarca el feriado largo por el 29 de junio (Foto: Pixabay)

por el Día de San Pedro y San Pablo, que permitirá a los trabajadores viajar, descansar, relajarse y liberar el estrés laboral, así como también hacer tareas pendientes. ¿Estos días libres serán para el sector público y privado?

El Perú tiene un total de 14 feriados nacionales y todos los trabajadores tienen derecho a descansar sin distinción de nacionalidad, religión, ideología política, etc. Estos feriados deben ser remunerados, sin tener la obligación de trabajar, indica el Decreto Legislativo 713. Sin embargo, la regla es distinta si hablamos de los días no laborables.

¿EL FERIADO LARGO POR EL 29 DE JUNIO SERÁ PARA EL SECTOR PRIVADO?

Esto dependerá del empleador. El feriado del 29 de junio es nacional y el descanso es obligatorio para todos los trabajadores del sector público y privado, salvo ciertas áreas, que -en caso de laboral- deberán recibir la remuneración de ley.

En tanto, el viernes 30 de junio de 2023 será día no laborable de naturaleza compensable para aquellos trabajadores que se desempeñen en el sector público, según lo dispuesto en el .

En el sector privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no, pero las horas que dejen de trabajar, al igual que en el sector público, deben ser compensadas. En cuanto al fin de semana, sábado 1 y domingo 2 de julio, que son días de descanso habitual, es posible que al empleado del sector privado le toque trabajar. En algunos casos también puede negociar con su empleador.

Puedes aprovechar el feriado largo para viajar a destinos mágicos del Perú, como Sóndor, Apurímac (Foto: Promperú)
Puedes aprovechar el feriado largo para viajar a destinos mágicos del Perú, como Sóndor, Apurímac (Foto: Promperú)

¿QUÉ DÍAS ABARCA EL PUENTE FESTIVO POR SAN PEDRO Y SAN PABLO?

Con motivo del feriado del 29 de junio por el Día San Pedro y San Pablo, este es el puente festivo que se formará para promover el turismo interno:

  • Jueves 29 de junio: feriado por San Pedro y San Pablo o Día del Pescador peruano.
  • Viernes 30 de junio: día no laborable para el sector público (trabajadores del sector privado puede descansar, si llegan a un acuerdo con sus empleadores).
  • Sábado 1 de julio: día de descanso habitual.
  • Domingo 2 de julio: día de descanso habitual.

¿POR QUÉ EL DÍA DE SAN PEDRO Y SAN PABLO SE CELEBRA CADA 29 DE JUNIO?

La fiesta de San Pedro y San Pablo, cuyo nombre oficial es solemnidad conjunta de San Pedro y San Pablo es la conmemoración del martirio en Roma de los apóstoles celebrada el 29 de junio. Se trata de una de las mayores celebraciones religiosas para los cristianos católicos y ortodoxos. La fecha, según la tradición, bien es el aniversario de sus muertes o del traslado de sus reliquias.

¿QUIÉNES DEBEN TRABAJAR EN EL FERIADO LARGO?

La ley establece que las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que brinden servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos estarán facultadas para determinar los puestos de trabajo que estarán excluidos de los referidos feriados y días no laborables.

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE FERIADO Y DÍA NO LABORABLE?

Aunque en ambos días se puede descansar, toma nota sobre las diferencias:

Feriado

  • El feriado es un día festivo nacional en el que los trabajadores, tanto del sector público como privado, pueden dejar de laborar. Lo mismo ocurre con los estudiantes, quienes dejan de ir a sus clases. En el caso de que un empleado trabaje un feriado, recibirá una remuneración adicional, que normalmente es el triple, así sea domingo.

Día no laborable

  • El día no laborable es decretado por el Gobierno de turno y está dirigido al sector público. En el privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no. Si en caso un empleado trabaja con normalidad, esto no significa que recibirán un pago extra, ya que sólo recibirá el mismo sueldo sin incrementos. Las horas dejadas de laborar deberán ser compensadas en los 10 días inmediatos posteriores (con horas extras, trabajando días de semana o considerarlo a cuenta de las vacaciones), o en la oportunidad que establezca cada entidad en función a sus propias necesidades.