Si fuiste sorteado como miembro de mesa, ya sea titular o suplente, y no cumples tu función sin una justificación aceptada, la multa es de S/ 275, equivalente al 5% de la UIT 2026. Este monto lo fija el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) como sanción por omitir el cargo de miembro de mesa, sin importar si fuiste designado presidente, secretario, tercer miembro o suplente. La obligación es irrenunciable, por lo que el simple hecho de no querer asumir el rol no te exime de la sanción.
Esta multa se aplica tanto si no te presentas al local de votación, como si llegas tarde y no firmas la hoja de asistencia o te retiras antes de terminar el proceso de escrutinio y entrega de actas. En la práctica, cualquier incumplimiento que impida que ejerzas el rol completo de miembro de mesa puede generar la sanción económica.
La ley considera que incumples tu deber de miembro de mesa en varios escenarios concretos. Los más frecuentes son:
En todos estos casos, el JNE registra una infracción electoral y te impone la multa de S/ 275, independiente de otras sanciones que puedan corresponder por no votar. Es importante entender que el hecho de que haya más suplentes por mesa no significa que el cargo sea opcional; la norma sigue considerando el rol obligatorio.
La multa por no cumplir como miembro de mesa no es la misma que la multa por no votar, y pueden acumularse en tu DNI. En el caso de la multa por no votar, el monto varía según la condición socioeconómica del distrito donde estás inscrito en el padrón.
En cambio, la multa por no cumplir como miembro de mesa es fija: S/ 275 (5% de la UIT), sin importar el nivel de pobreza del distrito. Si no votas y además no cumples con ser miembro de mesa, se te cargarán ambas multas de manera independiente, y ambas quedarán asociadas a tu documento de identidad.
Si tienes un motivo real que te impide asumir el cargo, la normativa contempla dos mecanismos: excusa y dispensa.
La excusa se presenta ante la ONPE antes del día de la votación y aplica para situaciones como enfermedad debidamente acreditada, viaje al extranjero, gestación de riesgo u otros supuestos regulados. Este trámite tiene un costo aproximado de S/ 15.80, que se paga a través de Págalo.pe o en el Banco de la Nación, y permite que se evalúe si la razón alegada es suficiente para exonerarte de la obligación.
La dispensa se tramita ante el JNE después de la elección, cuando ya no pudiste asistir, y debe ir acompañada de documentos que sustenten el impedimento (informes médicos, constancias laborales, pasajes, entre otros). Si el JNE acepta tu solicitud, puede anular total o parcialmente la multa; si la rechaza, la deuda se mantiene como obligatoria. Ser suplente o alegar únicamente motivos de comodidad no son causales válidas para obtener ni excusa ni dispensa.
Si no presentas excusa o dispensa, o si estas son denegadas, la multa por no ser miembro de mesa se registra a tu nombre como multa electoral en el sistema del JNE. El JNE emite una resolución de multa que da inicio al proceso de cobro y, desde la notificación, cuentas con un plazo de 15 días hábiles para realizar el pago voluntario.
El pago puede hacerse en bancos autorizados y plataformas habilitadas por los organismos electorales, según se detalla en los canales oficiales de la ONPE y el JNE. Mientras mantengas multas electorales impagas, puedes enfrentar restricciones para realizar determinados trámites, como obtener o renovar el pasaporte, inscribir actos civiles o presentarte a concursos públicos, según lo establecido en la normativa vigente. Por ello, es recomendable verificar periódicamente tu estado de multas electorales y regularizar cualquier deuda pendiente.
Desde una perspectiva económica y práctica, cumplir con el cargo suele ser más conveniente que arriesgarse a la multa. Por un lado, la sanción por no ejercer el rol es de S/ 275 por cada proceso electoral, es decir, podrías pagar ese monto en primera y, de ser el caso, en segunda vuelta. Por otro lado, si cumples con tus funciones desde la instalación de la mesa hasta la entrega de actas, la ONPE otorga una compensación económica de S/ 165 y un día libre en tu centro de trabajo, según la información oficial para las Elecciones Generales 2026.
En la práctica, si asistes y cumples, obtienes una compensación y evitas una deuda; si no cumples sin justificar, pierdes ese beneficio e incorporas una multa que casi duplica el monto de la compensación. Además del aspecto económico, asumir el rol de miembro de mesa contribuye a la transparencia y normal desarrollo de las elecciones, lo que refuerza la legitimidad del proceso democrático en el país.
Para el elector peruano, hay algunas recomendaciones prácticas que reducen el riesgo de sanciones.
Con esta información clara sobre montos, plazos y alternativas, puedes tomar decisiones informadas y evitar que una multa de S/ 275 por no cumplir como miembro de mesa se convierta en un problema mayor para tu economía y tus gestiones personales.
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