Retos para licitar la cartera de nuevos afiliados en diciembre 2012

Redacción Gestión

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Lorena Masías, ex Superintendente Adjunta de AFP*

Recientemente, la Superintendencia de Banca Seguros y AFP (SBS) llevó a cabo el proceso de asignación del nuevo afiliado que entre al Sistema Privado de Pensiones (SPP) entre setiembre y diciembre 2012. Para tal efecto, las AFP existentes presentaron sus propuestas de comisiones por flujo (remuneración) que ya empezaron a regir a partir de este mes reduciendo la comisión promedio de 1.9% a 1.8% de la remuneración.

AFP Prima ofertó la comisión más baja motivo por el cual los nuevos afiliados que entren al SPP hasta diciembre de este año deberán ingresar obligatoriamente a esta AFP.

En diciembre, se licitará la masa de afiliados que se incorporen al SPP en los siguientes dos años. Esta última, despertará mayor interés porque el volumen de mercado para la AFP ganadora aumenta de 90,000 a 600,000 trabajadores, el precio a licitar será la novísima comisión mixta (combina una comisión por flujo y una comisión aplicada sobre el nuevo fondo generado por los aportes posteriores a la licitación de diciembre) y una nueva AFP podría participar en el proceso.

IncertidumbreSin embargo, la licitación de la comisión mixta en diciembre es un mecanismo que actualmente posee un grado de incertidumbre. En primer lugar, no se conoce como va a funcionar la nueva comisión mixta. De acuerdo con la ley, la AFP puede fijar libremente el nivel de la comisión por saldo administrado, pero el MEF y la SBS establecerán las condiciones para la aplicación de la comisión por flujo hasta su eliminación. No conocemos aún estas condiciones, ni cuál será la trayectoria de la comisión por flujo.

Dado lo anterior, ni la AFP existente ni una nueva puede estimar sus flujos de caja y definir su estrategia de negocio para participar en la licitación. En segundo lugar, la nueva comisión mixta se aplicará a los nuevos afiliados y a los nuevos aportes de los afiliados existentes que no opten por mantenerse bajo el esquema de comisión por flujo puro.

En este escenario, para aplicar la comisión por saldo, la AFP deberá mantener por cada afiliado (existente) dos cuentas de ahorro obligatorio – una para los aportes efectuados hasta diciembre 2012 y otra para los nuevos aportes a partir de esa fecha. Es decir, deberá ajustar sus procesos operativos para este nuevo escenario de comisión mixta lo cual podría consumir tiempo y recursos, dificultando alcanzar la meta de licitar en diciembre.

En tercer lugar, la ley dispone que a partir de su vigencia la AFP debe realizar una provisión correspondiente a los ingresos generados por los nuevos aportes de acuerdo con la NIC 18. Esta provisión se utilizará para manejar los aportes de los afiliados desde que realiza el aporte hasta que se jubila.

No obstante, el cálculo de esta provisión no es sencillo ya que requiere una evaluación actuarial y dependiendo del nivel de exigencia incrementaría los costos. En cuarto lugar, es deseable que una nueva AFP participe en el proceso de licitación. Sin embargo, para que ello ocurra debe de presentar una solicitud de organización en la SBS incluyendo un plan de negocio y esta solicitud deberá ser aprobada antes de la licitación.

Difícilmente un organizador de una nueva AFP va a presentar su solicitud de organización sin conocer las condiciones y la trayectoria de la comisión por flujo, y aún si lo hiciera, el tiempo juega en contra porque la SBS tarda de 3 a 6 meses en evaluar este tipo de solicitudes.

En vista de lo anterior, es necesario reglamentar la ley adoptando un esquema sencillo para facilitar el cumplimiento del objetivo de licitar en diciembre la cartera de nuevos afiliados de los siguientes dos años.

Comisión mixtaPara esto, es fundamental que se anuncie cuanto antes las condiciones y la trayectoria de la comisión mixta. Al respecto, sería deseable que la comisión mixta a licitar en diciembre esté compuesta en un 100% por la comisión por flujo. En la práctica, no habría comisión por saldo administrado en esta licitación.

Ello permitiría simplificar el esquema de tal forma que no sea necesario hacer ajustes operativos antes de diciembre. Es decir, que no se genere el requerimiento de dos cuentas de ahorro obligatorias por afiliado para aplicar la parte que corresponda a la comisión por saldo.

No debemos olvidar que al centralizar el proceso de conciliación y acreditación de aportes también se requerirá implementar nuevos procesos operativos por lo que debiera evitarse un doble trabajo.

Al respecto, por simplicidad, se podría empezar por hacer un cálculo actuarial aplicado a la cartera de afiliados en forma global y proveer tiempo suficiente para adoptar esta metodología.

Por último, es vital agilizar el proceso de evaluación de autorización de nuevas entidades para que, en el evento de que haya un postor interesado, este pueda alcanzar a participar en la próxima licitación de diciembre.

  • Consultora internacional experta del Fondo Monetario Internacional.

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