Redacción Gestión

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La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria () informó las modificaciones establecidas en el Reglamento de Ley General de Aduanas tienen la finalidad de perfeccionar e incentivar el uso de la modalidad del despacho anticipado.

Las medidas establecidas en octubre permiten la rápida disponibilidad de la carga en el puerto, reduciendo costos y tiempo a los operadores de .

De esa manera, los usuarios pueden optar por la rectificación de su declaración anticipada siempre que tenga canal verde y cuente con garantía previa sin la aplicación de sanción alguna.

De este modo, se corrige datos relativos al valor de la mercancía, y solo pagará los derechos arancelarios diferenciales y estará eximido del pago de la multa por incidencia tributaria.

Otra ventaja es que el importador no perderá los beneficios del despacho anticipado si su carga se demora en arribar al país por un caso fortuito o de fuerza mayor, como avería del medio de transporte.

Tampoco será afectado por huelgas o paros en terminales portuarios o de carga, nacionales o extranjeros que afecten la travesía del país de origen de embarque; catástrofes naturales; entre otros eventos debidamente sustentados.

Para ello, se amplia de 15 a 30 días calendarios el tratamiento preferencial que se otorga al despacho de mercancías sujetas a esta modalidad.

Asimismo, el importador gestionará el despacho de su mercancía con la presentación de la fotocopia simple del documento de transporte en la vía marítima. El agente de aduana no estará obligado a custodiar el original sino la fotocopia.

Con estos nuevos beneficios sumados a los que se viene aplicando, como la numeración de la declaración con menos datos siempre que cuente con garantía previa, la Sunat busca incentivar que más importadores utilicen este mecanismo de facilitación que no solo reduce los costos sino también mejora la competitividad del país y la empresa.