Más de 496,000 contribuyentes, entre personas naturales y empresas, ya presentaron su Declaración de Renta 2022, de manera rápida y sencilla, utilizando un teléfono celular, tras descargar previamente el APP Personas o ingresando al portal de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
El ente recaudador indicó que, del total de declaraciones presentadas, antes de las fechas de vencimiento, el 60% corresponden a personas naturales y el 40% a empresas.
Señaló que esta medida demuestra su interés por cumplir con sus responsabilidades tributarias y con el país, anticipándose a las fechas de finales para hacerlo.
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Cronograma de vencimientos
El viernes 24 de marzo se inicia el cronograma de vencimientos de la Declaración de Renta 2022, que deben presentar los contribuyentes de acuerdo con el último dígito de su número de RUC.
Para realizar la declaración desde el APP Personas, primero debe descargar o actualizar el aplicativo desde Google Play o APP Store. Una vez que ingrese, debe dar clic en la opción Renta Anual, después seleccionar Declaración de Renta Anual y, finalmente, confirmar o modificar la propuesta de declaración.
También puede hacerlo desde el portal especializado de la SUNAT, para ello debe ingresar a https://renta.sunat.gob.pe/, dar clic a la opción Declare y en solo unos minutos culminará el trámite.
Devoluciones, pagos y fraccionamiento
En caso tenga un saldo a su favor, en ese mismo momento puede registrar o actualizar el Código de Cuenta Interbancario (CCI) para que la Sunat deposite la devolución de manera directa en su cuenta bancaria, siempre que sea una cuenta propia, en moneda nacional y no sea una cuenta de CTS.
Por el contrario, si le corresponde hacer un pago, podrá hacerlo en línea utilizando cualquier tarjeta de debido, crédito o Yape para no tener que acudir a una agencia bancaria.
Asimismo, puede acceder al beneficio del aplazamiento y/o fraccionamiento del monto a regularizar, opción que se habilitará automáticamente luego de presentar la declaración. Los meses y cuotas para aplazar y/o fraccionar dependerán del monto de la deuda tributaria determinada.
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