La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) informó que, desde el miércoles 9 de junio, los documentos notariales de hipoteca serán tramitados exclusivamente a través del Sistema de Intermediación Digital (SID Sunarp).
Los documentos se refieren a los actos de constitución, ampliación, reducción, modificación y levantamiento de hipotecas del Registro de Predios, que requieren de intervención notarial.
En el marco de la transformación digital impulsada por la gestión del superintendente nacional Harold Tirado Chapoñan, está la incorporación de estos trámites notariales al SID Sunarp renueva el compromiso de la institución de contribuir con la progresiva reactivación económica, en este caso, la del sector inmobiliario, y facilita la obtención del crédito en favor de todos los ciudadanos.
Modificación de estatutos
De acuerdo con la Resolución Nº 052-2021-Sunarp/SN publicada en el diario oficial El Peruano, la inscripción exclusiva a través del SID Sunarp también incluye los actos de modificación de estatutos de la Sociedad Anónima (S.A.), Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.), Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (SRL) y Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.), para simplificar los procedimientos de cambio de objeto social, aumento de capital, entre otros.
Del mismo modo, la norma toma como excepción a aquellas modificaciones que importen el cambio de domicilio a una oficina registral, distinta a aquella en la que consta inscrita la persona jurídica, así como la fusión, escisión y reorganización simple.
La resolución también establece la inscripción obligatoria vía SID Sunarp del acto de transferencia de participaciones por actos intervivos de una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (SRL).