La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó ayer los requerimientos para garantizar que las instituciones financieras cumplan con las tasas de interés máximas fijadas por ley.
Así, indicó que las entidades prestamistas deberán introducir políticas y procedimientos para asegurar que las tasas de interés aplicadas a los créditos de consumo y a micro y pequeñas empresas estén dentro de los límites establecidos por el Banco Central de Reserva (BCR).
El regulador también demanda la inclusión de un monitoreo periódico, medidas preventivas e identificación oportuna de eventuales desviaciones de los topes.
Con esta publicación, la SBS está cumpliendo con una disposición de la ley que protege de la usura a los consumidores, publicada en marzo del año pasado, dijo a Gestión Luis Ernesto Marín, experto del sistema financiero.
Ha reglamentado el proceso y las medidas a cumplir por la banca para garantizar que las tasas de interés de los créditos de consumo y a mypes no excedan los topes.
Las tasas de interés tope vigentes son de 83.7% para préstamos en soles y de 67.36% para dólares.
Controlista
“Sin embargo, tener que regular las tasas de interés no es una buena idea, es controlista y está afectando a la gente que antes podía acceder al sistema financiero con una tasa que era atractiva para la entidad”, sostuvo Marín.
Continúan las críticas en torno a si la norma de tasas máximas es beneficiosa o populista, pues durante muchos años se discutió su introducción, pero hasta el momento no se observa un incremento en el crédito al sector que se busca favorecer, añadió.
La SBS determinó que las entidades financieras también deberán designar un responsable de las labores de seguimiento y reporte de la adecuada aplicación de tasas de interés.
Detrás del cobro de una tasa de interés está el riesgo que representa el deudor para la institución financiera y ahora incluso se están estableciendo, además de las tasas máximas, un procedimiento para poder aplicarlas y un funcionario responsable, acotó Marín.
De acuerdo con el regulador, la entidad financiera deberá fijar un procedimiento para el tratamiento de eventuales operaciones crediticias que excedan el tope máximo, así como las acciones para su subsanación.